Inversiones Gestal SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2026
- Repertorio
- 1720/2026
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
- Comuna
- Viña del Mar con asiento en Reñaca
Sociedad
- Capital
- $2.046.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Juan Carlos Harding Alvarado | socio | 5409500-7 | — | — | |
| Marco Antonio Eduardo González Barentin | socio | 18586153-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico que por escritura pública otorgada hoy ante mí, Repertorio N° 1.720/2026, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de GESTAL SpA (también, la "Sociedad), celebrada con fecha 21 de abril de 2026, se acordó lo siguiente: La transformación de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES GESTAL LIMITADA. Los accionistas de dicha Sociedad, todos comparecientes en dicha escritura, ahora socios de la sociedad transformada, son Juan Carlos Harding Alvarado, Rol Único Tributario N°5.409.500-7 y Marco Antonio Eduardo González Barentin, Rol Único Tributario N°18.586.153-8, ambos con domicilio en Limache N°3421, Oficina N°821, El Salto, Viña del Mar, Región de Valparaíso. La sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en otras ciudades del país o en el extranjero y su objeto será la inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, en toda clase de títulos, instrumentos y valores mobiliarios; adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles propios o ajenos, en especial bienes raíces rústicos o urbanos; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; adquirir a cualquier título y tomar en arrendamiento o subarrendar toda clase de bienes raíces, transformarlos, urbanizarlos y/o construirlos, enajenarlos; realizar toda clase de inversiones en instrumentos financieros emitidos por instituciones públicas o privadas, acciones de sociedades abiertas o cerradas; comprar, vender, importar, exportar y distribuir cualquiera clase de productos; representar o constituirse en agencia de otras sociedades y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a dichos fines. La sociedad podrá llevar a cabo sus fines directamente o a través de otras sociedades de todo tipo, en que sea socia o accionista, y podrá invertir sus flujos en cualquier categoría de actos y contratos que produzcan renta y adquirir toda clase de bienes muebles incorporales y corporales, incluso acciones, bonos y efectos de comercio en general. A los socios no se les hace aplicable la prohibición del artículo 404 N°4 del Código de Comercio. La administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre o razón social, incluso ante bancos e instituciones financieras, corresponden a don Juan Carlos Harding Alvarado, quien, anteponiendo su firma a la razón social, podrá representarla con las más amplias facultades. El capital de la sociedad es la suma de $2.046.000.000, aportado de la siguiente manera: el socio Juan Carlos Harding Alvarado, aporta la suma de $2.045.000.000, en dinero en efectivo, en este acto, equivalente al 99,95% de los derechos sociales; y el socio Marco Antonio Eduardo González Barentin, aporta la suma de $1.000.000, en dinero en efectivo, en este acto, equivalente al 0,05% de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. La sociedad empezará a regir desde la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 20 años, renovables, automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del respectivo periodo en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses. Se dejó constancia que la Sociedad que se transforma se encuentra inscrita a fojas 76 número 69 del Registro de Comercio del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 05 de mayo de 2026.