CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIO INTEGRAL DE SALUD RED SUR SpA

CVE 2810253
Capital
$9.500 CLP
Fecha instrumento
28 de abril de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
28 de abril de 2026
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$9.500 CLP
Domicilio
Será la ciudad de Penco, Región del Bío Bío
Duración
Indefinida

Objeto social

La prestación integral de servicios médicos en todas sus especialidades, incluida la dental y de laboratorio clínico, pudiendo: a) comprar, crear, construir, explotar, instalar, administrar y arrendar clínicas, centros médicos clínicos y de laboratorio, centros dentales y en general cualquier otro establecimientos de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamientos de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de personas. Asimismo, podrá implementar gimnasios con fines terapéuticos o de rehabilitación, como también deportivos; b) prestar servicios y asesorías profesionales relacionados con la salud humana, en toda el área médica y odontológicos; prestar atenciones médicas y odontológicas en todas las especialidades autorizadas por la autoridad sanitaria, sin restricción alguna, a pacientes individuales, empresas, institutos médicos públicos o privados y además establecimientos asistenciales; prestaciones de medicina o medicina odontológica pre pagadas; c) prestar servicios y atenciones de laboratorio médico y radiológico; d) Realizar estudios e investigaciones científicas, tecnológicas, que tenga por fin el desarrollo de la ciencia médica y odontológica, incluyendo la realización de congresos, cursos y conferencias; y e) cualquier otra actividad relacionada con el

Administración

La administración de la sociedad corresponderá y la ejecutará don DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, quien también tendrá el carácter de Gerente General. Sin embargo, el Gerente don DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, deberá actuar conjuntamente con cualquiera de los otros socios, cuando en representación de la sociedad, se realicen operaciones que sean iguales o superiores a la suma de cinco millones de pesos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, abogado, Notario Público, Titular de la Notaria de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N° 873, comuna de Independencia, Certifica: Por escritura pública de fecha 28 de abril de 2026, otorgada ante mí, CLAUDIA ALEXANDRA LUARTE CIFUENTES, chilena, casada y separada de bienes, comerciante, domiciliada en El Durazno, Km 12 S/N, Penco, de paso en ésta; DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, chileno, casado y separado de bienes, comerciante, domiciliado en El Durazno, Km 12 S/N, Penco, de paso en ésta, VICTORIA MANUELA SILVA VERA, chilena, casada y separada de bienes, administrativa, domiciliado en Eduardo Domínguez 398, Maipú, RICARDO ANTONIO BENAVIDES PONCE, chileno, soltero, independiente, domiciliado en Pasaje Uno Sur 441, Concepción, de paso en ésta, ROSA IVETTE BRAVO BELMAR, chilena, casada y separada de bienes, administrativa, domiciliada en Pasaje Estepona 408, comuna de Puente Alto, de paso en ésta y AMPARO SILVANA SOTO CABRERA, chilena, soltera, administrativa, domiciliada en Avenida Santa Rosa 2648, departamento 102-A, comuna de San Joaquín, de paso en ésta, constituye sociedad por acciones. Razón Social. “SERVICIO INTEGRAL DE SALUD RED SUR SpA”, pudiendo para todos los efectos legales actuar con el nombre de fantasía “NIREL SpA”. Domicilio. Será la ciudad de Penco, Región del Bío Bío, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros lugares, dentro o fuera del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La prestación integral de servicios médicos en todas sus especialidades, incluida la dental y de laboratorio clínico, pudiendo: a) comprar, crear, construir, explotar, instalar, administrar y arrendar clínicas, centros médicos clínicos y de laboratorio, centros dentales y en general cualquier otro establecimientos de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamientos de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de personas. Asimismo, podrá implementar gimnasios con fines terapéuticos o de rehabilitación, como también deportivos; b) prestar servicios y asesorías profesionales relacionados con la salud humana, en toda el área médica y odontológicos; prestar atenciones médicas y odontológicas en todas las especialidades autorizadas por la autoridad sanitaria, sin restricción alguna, a pacientes individuales, empresas, institutos médicos públicos o privados y además establecimientos asistenciales; prestaciones de medicina o medicina odontológica pre pagadas; c) prestar servicios y atenciones de laboratorio médico y radiológico; d) Realizar estudios e investigaciones científicas, tecnológicas, que tenga por fin el desarrollo de la ciencia médica y odontológica, incluyendo la realización de congresos, cursos y conferencias; y e) cualquier otra actividad relacionada con el objeto social. Administración: La administración de la sociedad corresponderá y la ejecutará don DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, quien también tendrá el carácter de Gerente General. Sin embargo, el Gerente don DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, deberá actuar conjuntamente con cualquiera de los otros socios, cuando en representación de la sociedad, se realicen operaciones que sean iguales o superiores a la suma de cinco millones de pesos. Capital: El capital inicial es la suma única y total de $ 9.500.000 y estará dividido en 950 acciones nominativas, sin valor nominal, el que se suscribe y paga íntegramente en éste acto al contado, y ya ingresado a caja social por los constituyentes, CLAUDIA ALEXANDRA LUARTE CIFUENTES, DANILO ALBERTO AGUAYO GUTIERREZ, VICTORIA MANUELA SILVA VERA, RICARDO ANTONIO BENAVIDES PONCE, ROSA IVETTE BRAVO BELMAR y AMPARO SILVANA SOTO CABRERA, aportando cada uno la suma de $ 1.500.000, correspondiéndole a cada de los socios 150 acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada.