Kattan y Chávez Sociedad de Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contados desde la escritura pública de constitución, plazo que se renovará tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario por uno o más socios, manifestada por escritura pública anotada al margen inscripción social en el Registro de Comercio, con anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del plazo respectivo
- Ley aplicable
- Ley N°3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivamente la prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en medicina, incluyendo consultas, diagnósticos, tratamientos, evaluaciones clínicas y asesorías médicas, realizados por profesionales habilitados. Asimismo, podrá desarrollar actividades de promoción, prevención y educación en salud, elaboración de informes médicos y participación en programas de atención médica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Av. El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 4 de mayo de 2026, ante mí, Karima Fernanda Kattan Tala y Sebastián Matías Chávez Armleder, ambos domiciliados en calle Hernando de Aguirre N°1643, departamento 72, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, regida por la Ley N°3.918 y las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y el Código Civil, dictando los estatutos sociales cuyas menciones extractables son: Razón social: Kattan y Chávez Sociedad de Profesionales Limitada. Administración y uso razón social: Karima Fernanda Kattan Tala y Sebastián Matías Chávez Armleder, actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos. Capital: $1.000.000.-, aportado y enterado íntegramente en dinero efectivo por los socios, en partes iguales. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivamente la prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en medicina, incluyendo consultas, diagnósticos, tratamientos, evaluaciones clínicas y asesorías médicas, realizados por profesionales habilitados. Asimismo, podrá desarrollar actividades de promoción, prevención y educación en salud, elaboración de informes médicos y participación en programas de atención médica. Duración: 5 años contados desde la escritura pública de constitución, plazo que se renovará tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario por uno o más socios, manifestada por escritura pública anotada al margen inscripción social en el Registro de Comercio, con anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del plazo respectivo. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 11 de mayo de 2026.- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino.-