Inversiones Alcance Global Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2026
- Repertorio
- 5639/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $125.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23/04/2026 Repertorio 5.639/2026, ante mi, don JORGE LUIS PASARÍN REYES, doña VERÓNICA DEL CARMEN AVENDAÑO PERQUIZ, doña CONSTANZA SOFÍA PASARÍN AVENDAÑO y doña ISIDORA PAZ PASARÍN AVENDAÑO, todos domiciliados en calle Albert Le Blanc N° 1.737, departamento 207, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad “INVERSIONES ALCANCE GLOBAL LIMITADA” Rol Único Tributario N° 76.541.044-4, inscrita a fojas 7.014, número 4.068, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en cuanto doña CONSTANZA SOFÍA PASARÍN AVENDAÑO vendió, cedió y transfirió a doña ISIDORA PAZ PASARÍN AVENDAÑO, la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes a 2,5% del capital social de la sociedad, a un precio de $125.000, pagados en este acto. Como consecuencia de la cesión, doña CONSTANZA SOFÍA PASARÍN AVENDAÑO deja de ser socia de la sociedad. Se modificó y reemplazó el artículo quinto, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma, oportunidad y proporción: a) Don JORGE LUIS PASARÍN REYES aporta la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, equivalente al noventa por ciento del haber social, pagados con anterioridad a esta fecha; b) Doña VERÓNICA DEL CARMEN AVENDAÑO PERQUIZ aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al cinco por ciento del haber social, pagados con anterioridad a esta fecha; y c) doña ISIDORA PAZ PASARÍN AVENDAÑO aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al cinco por ciento del haber social, pagados con anterioridad a esta fecha.” En todo lo no modificado se mantienen íntegramente vigentes los estatutos de la Sociedad. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 7 de Mayo de 2026. Mmo.