BENCHMARK GENETICS CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2026
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
i) efectuar toda clase de inversiones mediante la adquisición de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, acciones, derechos, créditos, participaciones sociales o cualesquiera otros y la conservación, arrendamiento y administración de los mismos con miras a percibir y)o reinvertir sus frutos naturales o civiles; ii) producir, desarrollar, cultivar, exportar, importar comprar, vender y distribuir productos así como especies marinas y de agua dulce y sus sub-productos, en particular salmones, huevos de salmón, smolt y sus derivados y en general, realizar y desarrollar todo tipo de actividades acuícolas; y iii) la prestación de servicios técnicos, asesorías y consultorías de toda clase en relación con la acuicultura marina y de agua dulce, la agricultura, la ganadería, la industria alimentaria, actividades de laboratorio, genética y bioeconomía, entre otros. El cumplimiento de este objeto podrá llevarse a efecto directamente o a través de otras sociedades de cualquier tipo, constituida por la sociedad o en las cuales esta participe para dicho objeto”. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 08 de Mayo de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 23 de Abril de 2026, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el Acta Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada ante mí, de BENCHMARK GENETICS CHILE SpA, inscrita a fojas 87.353 N° 46.722 del Registro de Comercio de Santiago de 2017, en la cual se acordó modificar el Artículo Tercero de los estatutos, referente al objeto de la sociedad, quedando redactado como sigue: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: i) efectuar toda clase de inversiones mediante la adquisición de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios, acciones, derechos, créditos, participaciones sociales o cualesquiera otros y la conservación, arrendamiento y administración de los mismos con miras a percibir y/o reinvertir sus frutos naturales o civiles; ii) producir, desarrollar, cultivar, exportar, importar comprar, vender y distribuir productos así como especies marinas y de agua dulce y sus sub-productos, en particular salmones, huevos de salmón, smolt y sus derivados y en general, realizar y desarrollar todo tipo de actividades acuícolas; y iii) la prestación de servicios técnicos, asesorías y consultorías de toda clase en relación con la acuicultura marina y de agua dulce, la agricultura, la ganadería, la industria alimentaria, actividades de laboratorio, genética y bioeconomía, entre otros. El cumplimiento de este objeto podrá llevarse a efecto directamente o a través de otras sociedades de cualquier tipo, constituida por la sociedad o en las cuales esta participe para dicho objeto”. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 08 de Mayo de 2026.