Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2026
- Notario
- HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG
- Oficio
- Duodécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la venta al por menor de productos digitales como videojuegos, licencias de software, y todo activo digital, servicios informáticos
Administración
La sociedad será administrada por un gerente general. Se designó como Gerente General a don GARY ABRAHAM VASQUEZ ARIAS, con las facultades detalladas en el artículo décimo tercero de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG, Notario Público Titular de la Duodécima Notaría de Santiago, ubicada en calle Teatinos 331, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de abril de 2026, ante mí: Don GARY ABRAHAM VASQUEZ ARIAS, chileno, soltero, técnico profesional en actividad física, cédula de identidad N°17.669.078-K, domiciliado en calle Quitalmahue N°875, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones cuyas estipulaciones principales se extractan: Nombre o Razón Social: “MONETA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la venta al por menor de productos digitales como videojuegos, licencias de software, y todo activo digital, servicios informáticos. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que se instalen en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: La suma de $3.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal. Capital Suscrito y Pagado: $3.000.000, pagado al contado y en dinero efectivo, equivalente a 1.000 acciones suscritas por don Gary Abraham Vásquez Arias. Administración: La sociedad será administrada por un gerente general. Se designó como Gerente General a don GARY ABRAHAM VASQUEZ ARIAS, con las facultades detalladas en el artículo décimo tercero de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2026./amg