MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MARCELA OLIVARES DONOSO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76108627-8 CVE 2809367
Capital
$250.000 CLP
Fecha instrumento
6 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2026
Repertorio
8735-2026
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$250.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo N° 3001, Segundo piso, Las Condes, Certifica que: Por escritura pública de fecha 06 de Marzo de 2026, Repertorio N° 8.735-2026, ante mí, MARCELA VICTORIA OLIVARES DONOSO, C.I. N° 10.125.881-5; MARÍA IGNACIA SANHUEZA OLIVARES, C.I. N° 16.748.783-1; JAVIERA CONSTANZA SANHUEZA OLIVARES, C.I. N° 17.325.786-4; y FRANCISCO JAVIER SANHUEZA CARDEMIL, C.I. N° 7.335.150-2, modificaron sociedad de responsabilidad limitada "MARCELA OLIVARES DONOSO Y COMPAÑÍA LIMITADA", también como "JARDÍN INFANTIL Y SALA CUNA ENTREPEQUES LTDA.", Rut. N° 76.108.627-8, inscrita su constitución a fojas 33.707, N° 23.139 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2010, y su modificación a fojas 88.118, N° 57.699 del Registro de Comercio del mismo Conservador anterior, año 2013, en el siguiente sentido: Cesión de derechos sociales por fallecimiento de socia.- Con fecha 25 de Junio de 2023 falleció doña FERNANDA ANDREA SANHUEZA OLIVARES, quien era socia titular del 5% del capital y utilidades de la sociedad, equivalente al valor nominal de $250.000.- En virtud de la Resolución Exenta N°36.744 de fecha 09 de mayo de 2024 del Servicio de Registro Civil e Identificación, se concedió posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de la causante a favor de don FRANCISCO JAVIER SANHUEZA CARDEMIL y doña MARCELA VICTORIA OLIVARES DONOSO, en calidad de padre y madre de la causante, respectivamente.- Dichos herederos, en su calidad de tales, ceden, transfieren y venden, en partes iguales, la totalidad de los derechos sociales que correspondían a la causante a favor de doña MARÍA IGNACIA SANHUEZA OLIVARES y doña JAVIERA CONSTANZA SANHUEZA OLIVARES, correspondiendo a cada cesionaria el 2,5% del capital y utilidades sociales, equivalente al valor nominal de $125.000.- El precio total de esta cesión se fija en la suma de $250.000, pagado en dinero efectivo en este mismo acto.- Modificación de capital y participación social.- En virtud de la cesión anterior, la sociedad mantiene su capital en la suma de $5.000.000, enteramente pagado en dinero efectivo, distribuido entre las socias de la siguiente forma: MARCELA VICTORIA OLIVARES DONOSO, $4.250.000, equivalentes al 85% del capital y utilidades; MARÍA IGNACIA SANHUEZA OLIVARES, $375.000, equivalentes al 7,5% del capital y utilidades; y JAVIERA CONSTANZA SANHUEZA OLIVARES, $375.000, equivalentes al 7,5% del capital y utilidades.- En todo lo demás, el contrato social y sus modificaciones se mantienen íntegramente vigentes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 07 de Abril de 2026.- Álvaro Gonzalez Salinas.- Notario Titular.