Asesorías Económicas Tarquinia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2026
Sociedad
- Capital
- $349.742.943 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica: Que por escritura pública de fecha 17 de abril de 2026, Repertorio número 2.536-2026, ante mí, (i) don Luis Felipe Vera Martínez, cedula de identidad número 8.575.684-2, en calidad de heredero universal y legitimario de la sucesión de don René Manuel Vera Giannini, cedula de identidad número 4.677.335-7 (en adelante el "Causante"); y, (ii) doña Alicia Del Rosario Azcarategui Muñoz, cedula de identidad número 7.551.185-K, en calidad de heredera de la cuota de libre disposición de la sucesión de don René Manuel Vera Giannini, anteriormente individualizado, ambos domiciliados para estos efectos en en Avenida Manquehue Norte número dos mil trescientos treinta, comuna de Vitacura, Santiago, procedieron a realizar la partición parcial y adjudicación del 2% de los derechos sociales de los que el Causante era propietario en la sociedad "Asesorías Económicas Tarquinia Limitada", Rol Único Tributario N°78.225.890-7, inscrita a fojas 11361 número 5675 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Santiago del año 1992 (en adelante, la "Sociedad"), según el siguiente detalle: a) a don Luis Felipe Vera Martínez se le adjudicó un 1,5% de los derechos sociales de la Sociedad, equivalente al 75% de la participación del Causante en la misma; y, b) a doña Alicia del Rosario Azcarategui Muñoz se le adjudicó un 0,5% de los derechos sociales de la Sociedad, equivalente al 25% de la participación del Causante en la misma. En virtud de las adjudicaciones precedentes, los socios proceden a modificar los estatutos de Asesorías Económicas Tarquinia Limitada, en los siguientes términos: Uno) Se reemplaza el Artículo Primero, estableciendo que los socios son don Luis Felipe Vera Martínez y doña Alicia Del Rosario Azcarategui Muñoz. Dos) Se reemplaza el Artículo Cuarto relativo al capital social por el siguiente: "CUARTO: El capital social asciende a $349.742.943.-, el cual se encuentra íntegramente pagado, en la siguiente proporción: a) Luis Felipe Vera Martínez, con la suma de $347.994.228.-, equivalentes al 99,5% de los derechos y el capital social; y, b) Alicia Del Rosario Azcarategui Muñoz, con la suma de $1.748.715.-, equivalentes al 0,5% de los derechos y el capital social. Se deja constancia que los porcentajes indicados son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la Sociedad.". En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen íntegramente vigentes las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los Socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 07 de mayo de 2026.