AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2026
- Notario
- CESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $800.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ, abogado, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, con domicilio en calle Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Que, por escritura pública de fecha 24 de abril de 2026, Rep. 1680-2026, ante mí; Don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO; doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, ambos domiciliados en Av. Las Industrias número 15.800, comuna de Los Ángeles; doña MARCELA ANDREA WELDT CARMONA, domiciliada en Av. Las Industrias número 15.800, comuna de Los Ángeles; doña MOREEN WELDT CARMONA, domiciliada en Av. Las Industrias número 15.800, comuna de Los Ángeles; don VLADIMIR ANTONIO GONZALEZ SEGOVIA, domiciliado en calle San Martín número 495, comuna de Los Ángeles, en calidad de apoderado de doña DANIELA DE LOURDES WELDT CARMONA, domiciliada en 2.316 Greenwood Way Squamish V 8 B cero P 3, British Columbia, Canadá; doña CAROLYN CRISTINA WELDT CARMONA, domiciliada en Av. Las Industrias número 15.800, comuna de Los Ángeles; y don EDUARDO SEBASTIÁN WELDT CARMONA, domiciliado en Av. Las Industrias número 15.800, comuna de Los Ángeles, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA, RUT. 78.054.070-2, constituida por escritura pública de fecha 7 de noviembre del año 1.990, otorgada ante el Notario Público Titular de Los Ángeles, don Raúl Hernán Morales Adriasola, Repertorio número 45, y cuyo extracto se inscribió a fojas 206 vuelta número 142 en el Registro de Comercio del año 1990 del C.B.R. de Los Ángeles y se publicó en el D.O. de fecha 14 de noviembre del año 1.990, Edición número 33.818. Fue modificada por escritura pública de fecha 19 de diciembre del año 2.007, otorgada ante el Notario Público Titular de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, Repertorio número 6.853-07, y cuyo extracto se inscribió a fojas 4 número 2 en el Registro de Comercio del año 2.008 del C.B.R. de Los Ángeles y se publicó en el D.O. de fecha 4 de enero del año 2.008, Edición número 38.952. Fue transformada a sociedad por acciones por escritura pública de fecha 6 de octubre del año 2.021, celebrada ante el Notario Público Titular de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, Repertorio número 5.354-2.021 cuya razón social fue AGRICOLA NANCAGUA SpA, y cuyo extracto rola inscrito a fojas 640 número 359 en el Registro de Comercio del año 2.021 del C.B.R. de Los Ángeles y se publicó en el D.O. de fecha 14 de octubre del año 2.021, Edición número 43.077.- Fue transformada a sociedad de responsabilidad limitada según consta en escritura pública de fecha 6 de diciembre del año 2.024, celebrada ante el Notario Público Titular de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, Repertorio número 5.775-2.024, cuya razón social es AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA, y cuyo extracto rola inscrito a fojas 45 número 23 en el Registro de Comercio del año 2.025 del C.B.R. de Los Ángeles y se publicó en el D.O. de fecha 2 de enero del año 2.025, Edición número 44.038.- Los actuales y únicos socios de esta sociedad son: don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, con una participación de un 50% en el haber social; y doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, con una participación de un 50% en el haber social.- CAPITAL: El Capital Estatutario de la SOCIEDAD AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA, asciende a la suma de $ 800.000.000.- MODIFICACIONES: 1.- don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña MARCELA ANDREA WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 2.- don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña MOREEN WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 3.- don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña CAROLYN CRISTINA WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 4.- don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña DANIELA DE LOURDES WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 5.- don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a don EDUARDO SEBASTIÁN WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 6.- doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña MARCELA ANDREA WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 7.- doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña MOREEN WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 8.- doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña CAROLYN CRISTINA WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 9.- doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a doña DANIELA DE LOURDES WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728; 10.- doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, en calidad de donante, dona, cede y transfiere de manera irrevocable, una parte de su participación en el haber social ascendente a un 4% de la sociedad AGRÍCOLA NANCAGUA LIMITADA, a don EDUARDO SEBASTIÁN WELDT CARMONA, en la suma de $ 246.433.728.- Como consecuencia de las donaciones de los derechos pactados son únicos socios de la sociedad AGRICOLA NANCAGUA LIMITADA, don EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, con una participación de un 30% en el haber social; doña MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, con una participación de un 30% en el haber social; doña MARCELA ANDREA WELDT CARMONA, con una participación de un 8% en el haber social; doña MOREEN WELDT CARMONA, con una participación de un 8% en el haber social; doña CAROLYN CRISTINA WELDT CARMONA, con una participación de un 8% en el haber social; doña DANIELA DE LOURDES WELDT CARMONA, con una participación de un 8% en el haber social; y don EDUARDO SEBASTIÁN WELDT CARMONA, con una participación de un 8% en el haber social; 11.- Socios modifican el Artículo Quinto "Del Capital?, el que asciende a la suma de $ 800.000.000 aportado y enterado así: EDUARDO CARLOS WELDT SUAZO, la suma de $ 240.000.000, que representa el 30% del capital social; MARCELA DE LOURDES CARMONA ALBA, la suma de $ 240.000.000, que representa el 30% del capital social; MARCELA ANDREA WELDT CARMONA, la suma de $ 64.000.000, que representa el 8% del capital social; MOREEN WELDT CARMONA, la suma de $ 64.000.000, que representa el 8% del capital social; CAROLYN CRISTINA WELDT CARMONA, la suma de $ 64.000.000, que representa el 8% del capital social; DANIELA DE LOURDES WELDT CARMONA, la suma de $ 64.000.000, que representa el 8% del capital social; don EDUARDO SEBASTIÁN WELDT CARMONA, la suma de $ 64.000.000, que representa el 8% del capital social; y 12.- Socios modifican el Pacto Social de fecha 6 de diciembre del año 2.024 sustituyendo el Artículo Sexto De la Repartición de Utilidades, en el sentido que éstas serán repartidas en la misma proporción de la participación que cada socio tiene en el haber social.- Demás pactos en escritura extractada.- Los Ángeles, 11 de mayo de 2.026.