CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ECO MAESTRANZA SpA

RUT 12113015-7 CVE 2809299
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de abril de 2026
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2026
Repertorio
1625-2026
Notario
PABLO ANDRÉS ALMENDRAS BURGOS
Oficio
Séptima Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

Enumeración amplia de facultades del Gerente General, sin que sean estas taxativas, en la escritura extractada

Administración

La sociedad será administrada por un Gerente General, don BRAYN PHILLIP CACERES ROCO, cédula nacional de identidad N°17.183.648-4, quien anteponiendo el nombre o razón social a su firma, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estos estatutos, actuando en la forma indicada, tendrá las más amplias facultades de administración, y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRÉS ALMENDRAS BURGOS, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Talca, con oficio en calle 30 Oriente N° 1528, Local A, Talca, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de abril de 2026, Repertorio N° 1625-2026, otorgada ante mí, compareció doña MIRTA JEANETTE GODOY CHAMORRO, cédula nacional de identidad número 12.113.015-7, chilena, divorciada, empresaria, domiciliada en Loncomilla 840, de la comuna y ciudad de Constitución y de paso en esta ciudad, quien redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de marzo de 2026, de la sociedad ECO MAESTRANZA SpA, Rol Único Tributario número 77.142.164-4, sociedad del giro de su denominación, con capital social de $5.000.000, dividido en 100 acciones, según consta en los estatutos sociales, la compareciente mayor de edad quien acredita su identidad con la cédula antes citada y expuso: Que debidamente facultada para ello viene en solicitar la reducción a escritura pública del Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, en la que se estableció lo siguiente. Dar cuenta de la venta de las acciones de la sociedad. Designar nuevo Gerente General. Modificación de la cláusula Administración, en la que DANIELA ISIDORA GONZÁLEZ GODOY vendió, cedió y transfirió el 100% de las acciones que poseía en la sociedad, esto es, 50 acciones, las que corresponden al 50% del capital accionario. La venta se hizo a don BRAYN PHILLIP CACERES ROCO, cédula nacional de identidad número 17.183.648-4, dejando de tener la calidad de accionista de la sociedad. A su turno, el socio NICOLÁS ENRIQUE GONZÁLEZ GODOY vendió, cedió y transfirió el 100% de las acciones que poseía en la sociedad, esto es, 50 acciones, las que corresponden al 50% del capital accionario, a don BRAYN PHILLIP CACERES ROCO, cédula nacional de identidad número 17.183.648-4. De esta forma BRAYN PHILLIP CACERES ROCO, cédula nacional de identidad número 17.183.648-4, en su calidad de accionista único de la sociedad, titular del cien por ciento de las acciones con derecho a voto de la sociedad, modificó el TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL, específicamente su Artículo Quinto, en el siguiente sentido: TÍTULO TERCERO. ARTÍCULO QUINTO. De la Administración. La sociedad será administrada por un Gerente General, don BRAYN PHILLIP CACERES ROCO, cédula nacional de identidad N°17.183.648-4, quien anteponiendo el nombre o razón social a su firma, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estos estatutos, actuando en la forma indicada, tendrá las más amplias facultades de administración, y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Enumeración amplia de facultades del Gerente General, sin que sean estas taxativas, en la escritura extractada. Demás estipulaciones y antecedentes constan en la escritura extractada. Talca, 28 de abril de 2026.