Servicios Deportivos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2026
- Notario
- JOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA
- Oficio
- Tercera Notaria de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Ovalle
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LUIS CONTRERAS MUNDACA, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaria de Ovalle, con oficio en prolongación calle Benavente N° 1075 “Open Plaza Ovalle”, local 1480, de la ciudad y comuna de Ovalle, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de Mayo de 2026, don Freddy Angel Mora González, chileno, domiciliado en Ruta D 595, kilómetro 1, Llanos del Olivo, de la ciudad de Ovalle, y María Cristina Nuñez Vigorena, chilena, instructora de pilates, soltera, domiciliada en calle Margarita Toro N°1530, Población Limarí, de la ciudad de Ovalle, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: La razón social será: Servicios Deportivos Limitada. No obstante, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de Prestaciones Deportivas Limitada. Objeto social, prestar servicios deportivos y toda otra actividad afín con lo anterior. Administración y uso razón social: Corresponderá al socio Freddy Angel Mora González. Capital social: $100.000.000.- aportados de la siguiente forma: Freddy Ángel Mora González, inmueble avaluado en $50.000.000.- y María Cristina Nuñez Vigorena $20.000.000.- en dinero efectivo; el restante de $30.000.000.- en cuotas mensuales de $2.000.000.- en dinero efectivo; y, $1.000.000.- valor de su trabajo profesional, ingresados a la caja social. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus aportes. Vigencia Sociedad durará 5 años a contar fecha de la escritura y se entenderá renovado en forma automática y sucesiva por períodos iguales renovable tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, a menos que alguno de los socios dé aviso de su intención de ponerle término, noticia que deberá darse por escritura pública anotada al margen del extracto social y notificarse por medio de carta certificada, todo ello con una anticipación no inferior a 6 meses antes del vencimiento del respectivo período. Domicilio social: ciudad de Ovalle. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución. Ovalle, 07 de Mayo de 2026.