CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ANDES PARANÁ LIMITADA

CVE 2809112
Fecha instrumento
9 de abril de 2026
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2026
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
Santiago, pudiendo abrir agencias o sucursales en otros puntos del país y del extranjero
Duración
La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses del fin del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, la realización de inversiones en toda clase de bienes, derechos, valores, títulos, acciones, cuotas, derechos sociales, participaciones, instrumentos, negocios, empresas y proyectos; la adquisición, enajenación, cesión, aporte, suscripción, tenencia, administración, explotación y disposición de toda clase de activos e inversiones; la participación en sociedades, comunidades, asociaciones, joint ventures, cuentas en participación y toda clase de negocios o emprendimientos; el financiamiento de proyectos y empresas mediante aportes de capital, mutuos, préstamos y demás operaciones permitidas por la ley; la percepción de utilidades, dividendos, intereses, rentas y ganancias de capital; y la prestación de servicios de consultoría, análisis, evaluación, estructuración y seguimiento de proyectos, negocios e inversiones, especialmente en materias económicas, comerciales, societarias y estratégicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos que sean conducentes a dichos fines. Se entienden excluidas del objeto las actividades de intermediación de instrumentos financieros, asesoría de inversión regulada, administración de cartera de terceros, oferta pública de valores y, en general, toda actividad cuyo ejercicio requiera autorización especial, salvo que la sociedad obtenga previamente la habilitación correspondiente

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá al socio ROBERTO FERNANDO GARCÍA OLAVE

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Titular de la Primera Notaria de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de abril de 2026, ante mí, Repertorio No. 2706/2026, don ROBERTO FERNANDO GARCÍA OLAVE, don ROBERTO JOSÉ CÁRCAMO TAPIA y don JUAN CARLOS SHARP OYARZÚN, todos domiciliados para estos efectos en calle La Concepción número cincuenta y seis, oficina quinientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto de respectivos aportes. NOMBRE: La razón social será: “INVERSIONES ANDES PARANÁ LIMITADA”, OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, la realización de inversiones en toda clase de bienes, derechos, valores, títulos, acciones, cuotas, derechos sociales, participaciones, instrumentos, negocios, empresas y proyectos; la adquisición, enajenación, cesión, aporte, suscripción, tenencia, administración, explotación y disposición de toda clase de activos e inversiones; la participación en sociedades, comunidades, asociaciones, joint ventures, cuentas en participación y toda clase de negocios o emprendimientos; el financiamiento de proyectos y empresas mediante aportes de capital, mutuos, préstamos y demás operaciones permitidas por la ley; la percepción de utilidades, dividendos, intereses, rentas y ganancias de capital; y la prestación de servicios de consultoría, análisis, evaluación, estructuración y seguimiento de proyectos, negocios e inversiones, especialmente en materias económicas, comerciales, societarias y estratégicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos que sean conducentes a dichos fines. Se entienden excluidas del objeto las actividades de intermediación de instrumentos financieros, asesoría de inversión regulada, administración de cartera de terceros, oferta pública de valores y, en general, toda actividad cuyo ejercicio requiera autorización especial, salvo que la sociedad obtenga previamente la habilitación correspondiente. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses del fin del respectivo período. CAPITAL: El capital social es la cantidad de tres millones de pesos que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo con anterioridad y a razón de un millón de pesos cada uno. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo abrir agencias o sucursales en otros puntos del país y del extranjero. Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio ROBERTO FERNANDO GARCÍA OLAVE. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 9 de abril de 2026.cv