MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Azapa Limitada

RUT 76522095-5 CVE 2808547
Capital
$5.795.286.241 CLP
Fecha instrumento
22 de abril de 2026
Notaría
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2026
Repertorio
20961
Notario
PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino
Comuna
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Sociedad

Capital
$5.795.286.241 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la Trigésima Octava Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino, con domicilio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura fecha 22 de abril de 2026, repertorio N° 20.961, ante la titular, don Felipe José Gutiérrez Montes, por sí y en representación de María del Pilar Gutiérrez Montes, Josefa Gutiérrez Montes, María de los Ángeles Gutiérrez Montes y María Paz Gutiérrez Montes, todos los anteriores en carácter de únicos herederos e integrantes de sucesión de Carlos Alberto Gutiérrez Pubill; don Jorge Juan Gutiérrez Pubill, por sí; Trípoli Inversiones Limitada e Inversiones 2070 Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova N° 5151, oficina 1102, Las Condes, Santiago, expusieron: Inversiones Azapa Limitada se constituyó por escritura pública 27 agosto 2015, de Notaría de Santiago de Sergio Carmona Barrales. Un extracto se inscribió a fojas 75.407, N° 44.014, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2015. Sociedad se modificó posteriormente por escritura pública 12 junio 2023, otorgada Notaría Santiago de Andrés Felipe Rieutord Alvarado. Conforme al pacto social y modificación, capital sociedad, de $5.795.286.241.-, se encuentra distribuido: Jorge Juan Gutiérrez Pubill: $488.341.591.-; Carlos Alberto Gutiérrez Pubill: $488.341.591.-; Inversiones 2070 Limitada: $4.809.115.129.-; y Trípoli Inversiones Limitada: $9.487.930.- Todos los aportes se encuentran íntegramente pagados por socios a sociedad. Dejan constancia comparecientes que con fecha 3 mayo 2024 falleció don Carlos Alberto Gutiérrez Pubill, concediéndose posesión efectiva de sus bienes por auto de 15 abril 2025, del 23° Juzgado Civil de Santiago, a herederos testamentarios María del Pilar, Felipe José, Josefa, María de los Ángeles y María Paz, todos Gutiérrez Montes. Resolución de posesión efectiva se inscribió fojas 7.185, N° 10.214, Registro Propiedad 2026, Conservador Bienes Raíces Santiago. Causante falleció bajo imperio testamento abierto otorgado con fecha 26 marzo 2012, Repertorio N° 8.727-2012, en Notaría Santiago Félix Jara Cadot, el cual se inscribió fojas 7.187, N° 10.215 del Registro Propiedad mismo año y conservador recién citados. Inventario bienes del causante se protocolizó con fecha 1° de diciembre de 2025 en Notaría Santiago de don Juan Ignacio San Martín Schröder, y en él figuran los derechos de socio del que era titular don Carlos Alberto Gutiérrez Pubill en Inversiones Azapa Limitada. Por resolución 5 enero 2026, del tribunal mencionado, se aprobó pago impuesto de herencia de esta sucesión. Atendido lo señalado, derechos de socio que en Inversiones Azapa Limitada correspondían a Carlos Alberto Gutiérrez Pubill a fecha de su fallecimiento pasaron a ser de propiedad de su sucesión, integrada por herederos antes mencionados. Asimismo, al tenor de lo dispuesto en “Artículo Décimo” del pacto social, luego del fallecimiento de Carlos Alberto Gutiérrez Pubill, Inversiones Azapa Limitada ha continuado entre sus socios Jorge Juan Gutiérrez Pubill, Trípoli Inversiones Limitada, Inversiones 2070 Limitada y sucesión socio fallecido, integrada por los ya mencionados herederos, quienes declaran conocer y aceptar pacto social y modificación. Se acuerda modificar cláusula “Sexto” del pacto social, referida a administración y representación sociedad y uso razón social, sustituyendo dicha cláusula por siguiente que extracto: SEXTO: Administración y representación sociedad corresponderá a apoderados designados por socios, divididos en dos clases, denominados “Clase A” y “Clase B”, con normas y facultades diferentes para actuar en nombre y representación de Inversiones Azapa Limitada. Normas y facultades de estos poderes, se indican en escritura que extracto. Comparecientes, también en carácter que comparecen, vienen a agregar al pacto social Artículo Tercero Transitorio, en el cual designan como Apoderados Clase A a don Jorge Juan Gutiérrez Pubill, a doña María del Pilar Gutiérrez Montes, a don Felipe José Gutiérrez Montes y a doña Josefa Gutiérrez Montes; y Apoderados Clase B a don Gino Alessandro Cicarelli Hernández y a doña Mirta Osorio Díaz. Quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social no modificadas por escritura que extracto.- Demás cláusulas constan escritura que extracto. Santiago, 24 de abril de 2026.