MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA NAUTICA LIMITADA

RUT 77068560-5 CVE 2808236
Fecha instrumento
20 de abril de 2026
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2026
Notario
ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Domicilio
VALPARAISO
Duración
Indefinida

Objeto social

Realización de todo tipo de inversiones y negociaciones, operaciones y actos inmobiliarios, en todos los negocios y actividades económicas que los administradores estimen convenientes o los socios acuerden, cualquiera sea su naturaleza, sin otra limitación que la impuesta por las leyes. En particular y sin que ello importe limitación alguna, la sociedad podrá, por cuenta propia o de terceros, organizar, ejecutar, administrar, encargar y ordenar la construcción de toda clase de inmuebles y obras, cualquiera sea su naturaleza, como también comprar, vender, comercializar, arrendar, enajenar, gravar, importar y exportar toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, para todo lo cual podrá tomar interés o formar parte de otras empresas, sociedades o comunidades. Sin perjuicio de ello, la sociedad podrá dedicarse a todos aquellos fines que los socios acuerden o que sean inherentes o necesarios al

Administración

Ejercida por la(s) persona(s) que designe o designen, en calidad de administrador, la junta de accionistas, por mayoría absoluta, debidamente reducida a escritura pública. Se otorga facultades a don MIGUEL RICARDO PEREZ COVARRUBIAS para que realice y celebre todos y cualquiera de los actos indicados en el texto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco, primer piso, local dos, certifica: por escritura 20 de abril de 2026 ante mí, MIGUEL RICARDO PEREZ COVARRUBIAS y PEDRO JOSE PEREZ COVARRUBIAS, ambos domiciliados en calle El Encanto número quinientos noventa y uno departamento sesenta y dos Reñaca comuna de Viña del Mar, región de Valparaíso acordaron modificar la cláusula tercero de la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad INMOBILIARIA NAUTICA LIMITADA que se inscribió a fojas novecientos cincuenta y siete vuelta número ochocientos siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año mil novecientos noventa y siete dejando de tener la calidad de administrador y representante legal don PEDRO JOSÉ PÉREZ COVARRUBIAS quedando como único administrador y representante legal don MIGUEL PEREZ COVARRUBIAS, con todas las facultades indicadas en el texto social, quien podrá delegar este poder u otorgarlo a terceros. Así mismo, acordaron cambiar de especie y en modificar la naturaleza jurídica de la sociedad INMOBILIARIA NAUTICA LIMITADA transformándola en una Sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: INMOBILIARIA NAUTICA SpA. OBJETO: Realización de todo tipo de inversiones y negociaciones, operaciones y actos inmobiliarios, en todos los negocios y actividades económicas que los administradores estimen convenientes o los socios acuerden, cualquiera sea su naturaleza, sin otra limitación que la impuesta por las leyes. En particular y sin que ello importe limitación alguna, la sociedad podrá, por cuenta propia o de terceros, organizar, ejecutar, administrar, encargar y ordenar la construcción de toda clase de inmuebles y obras, cualquiera sea su naturaleza, como también comprar, vender, comercializar, arrendar, enajenar, gravar, importar y exportar toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, para todo lo cual podrá tomar interés o formar parte de otras empresas, sociedades o comunidades. Sin perjuicio de ello, la sociedad podrá dedicarse a todos aquellos fines que los socios acuerden o que sean inherentes o necesarios al objeto social. CAPITAL: CINCO MILLONES DE PESOS que se divide en CINCO MIL acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal que se suscribió y pagó de la siguiente forma: MIGUEL RICARDO PEREZ COVARRUBIAS suscribió y pagó según contabilidad dos mil quinientos acciones, en la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social. PEDRO JOSE PEREZ COVARRUBIAS suscribió y pagó según contabilidad dos mil quinientos acciones, en la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social. Por consiguiente, el capital social se ha suscrito y enterado en su totalidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de los respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Ejercida por la(s) persona(s) que designe o designen, en calidad de administrador, la junta de accionistas, por mayoría absoluta, debidamente reducida a escritura pública. Se otorga facultades a don MIGUEL RICARDO PEREZ COVARRUBIAS para que realice y celebre todos y cualquiera de los actos indicados en el texto social. DURACIÓN: TRES años, contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá tácita y sucesivamente prorrogada, en las mismas condiciones, por períodos de TRES años indefinidamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con seis meses de anticipación a lo menos, a la fecha en que deba terminar el respectivo período, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el respectivo registro de comercio.- La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. DOMICILIO: VALPARAISO, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse dentro del país o en el extranjero. Viña del Mar 06 de Mayo de 2026.