MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES 4L LIMITADA

RUT 77350817-8 CVE 2808161
Fecha instrumento
23 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2026
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

(a) la ejecución, dirección y desarrollo de proyectos y negocios inmobiliarios sea por cuenta propia o ajena; para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar y explotar bienes inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, encargar la construcción de ellos, urbanizarlos, lotearlos, acogerlos o no a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y enajenar las utilidades, viviendas, lotes o bienes resultantes; (b) la proyección, realización, construcción y ejecución, por cuenta propia o ajena, de proyectos inmobiliarios, edificios, conjuntos habitacionales, loteos y obras de urbanización y trabajos de edificaciones de obras civiles; (c) la inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u otros instrumentos mercantiles; (d) la participación en toda clase de asociaciones, sea incorporándose a sociedades constituidas o constituyendo nuevas, cualquiera sea su objeto social; (e) la venta de herramientas, maquinaria y equipos a la minería y otras industrias; (f) reparación de maquinarias, transporte, bodegaje y asesoría en temas mineros y de ingeniería; y, (g) la celebración y ejecución de toda y cualquier clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado”. “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a LOS RETOÑOS SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos veintiuno guión tres y a JORGE CRISTIÁN RODRÍGUEZ ALFARO, cédula de identidad número ocho millones ochocientos treinta y tres mil doscientos tres guión dos, quienes actuando individual y separadamente, la representarán con todas las facultades de administración y disposición sobre toda clase de bienes, corporales o incorporales, y, anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estime convenientes”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunategui número setenta y tres, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 23 de abril del año 2026, repertorio número 6968-2026, ante el suplente don Alvaro German Orellana Jara, don José Ramón Valenzuela Álvarez-Salamanca, por sí y en representación de Inmobiliaria e Inversiones 4P Limitada, y de Los Retoños SpA, todos domiciliados para estos efectos en Valais número 4.926, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y, don Jorge Cristián Rodríguez Alfaro, domiciliado en Santa Ana Nº 1.842, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES 4L LIMITADA (la “Sociedad”), mediante: (i) cesión de derechos sociales de Inmobiliaria e Inversiones 4P Limitada a Los Retoños SpA, correspondiente al uno por ciento del capital social, por un precio de diez mil pesos chilenos; (ii) cesión de derechos sociales de José Ramón Valenzuela Álvarez-Salamanca a Los Retoños SpA, correspondiente al cuarenta y nueve por ciento del capital social, por un precio de cuatrocientos noventa mil pesos chilenos; (iii) cesión de derechos sociales de José Ramón Valenzuela Álvarez-Salamanca a Jorge Rodríguez Alfaro, correspondiente al cincuenta por ciento del capital social, por un precio de quinientos mil pesos chilenos, quedando configurado el capital social como se indica a continuación; y, (iv) modificaron los siguientes artículos materia de extracto de los estatutos sociales: “ARTÍCULO SEXTO: Capital y Acciones. El capital de la Sociedad será la suma total y única de un millón de pesos que los socios aportan en la siguiente forma y proporción, encontrándose íntegramente pagado: (a) Jorge Rodríguez Alfaro aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales; y, (b) Los Retoños SpA aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales”. “SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto: (a) la ejecución, dirección y desarrollo de proyectos y negocios inmobiliarios sea por cuenta propia o ajena; para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar y explotar bienes inmuebles, en cualquier forma y a cualquier título, encargar la construcción de ellos, urbanizarlos, lotearlos, acogerlos o no a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y enajenar las utilidades, viviendas, lotes o bienes resultantes; (b) la proyección, realización, construcción y ejecución, por cuenta propia o ajena, de proyectos inmobiliarios, edificios, conjuntos habitacionales, loteos y obras de urbanización y trabajos de edificaciones de obras civiles; (c) la inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u otros instrumentos mercantiles; (d) la participación en toda clase de asociaciones, sea incorporándose a sociedades constituidas o constituyendo nuevas, cualquiera sea su objeto social; (e) la venta de herramientas, maquinaria y equipos a la minería y otras industrias; (f) reparación de maquinarias, transporte, bodegaje y asesoría en temas mineros y de ingeniería; y, (g) la celebración y ejecución de toda y cualquier clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado”. “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a LOS RETOÑOS SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos veintiuno guión tres y a JORGE CRISTIÁN RODRÍGUEZ ALFARO, cédula de identidad número ocho millones ochocientos treinta y tres mil doscientos tres guión dos, quienes actuando individual y separadamente, la representarán con todas las facultades de administración y disposición sobre toda clase de bienes, corporales o incorporales, y, anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estime convenientes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de mayo del año 2026.