Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2026
- Repertorio
- 10119/2026
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- 3 años, renovables automática y sucesivamente por períodos de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) administración, arriendo de bienes, leasing, subarriendo, venta y enajenación de bienes inmuebles urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros; b) ejecución de obras de remodelación, ampliación, mantención y habilitación de inmuebles, directamente o a través de terceros; c) inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones, cuotas o participaciones en sociedades civiles o comerciales, cooperativas, comunidades, fondos de inversión, entidades financieras o no financieras, nacionales o extranjeras; d) otorgar y recibir préstamos, celebrar contratos de mutuo, constituir garantías reales o personales, contratar financiamiento bancario o no bancario, abrir cuentas corrientes y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto; e) en general, podrá realizar cualquier actividad lícita relacionada directa o indirectamente con los fines anteriores, aun cuando no esté expresamente señalada, siempre que sea acordada por la administración dentro de sus facultades
Administración
corresponderá a doña Marcela María Guzmán Aguilar y don Alejandro Federico Espinosa Méndez, en forma conjunta, amplias facultades
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALEJANDRO FEDERICO ESPINOSA MÉNDEZ | socio | 15384867-K | — | — | |
| MARCELA MARÍA GUZMÁN AGUILAR | socio | 21376093-4 | — | — | |
| ALEJANDRO JOAQUÍN ESPINOSA GUZMÁN | socio | 22557771-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 05/05/2026 Repertorio 10119/2026, ante mi, don ALEJANDRO FEDERICO ESPINOSA MÉNDEZ, CNI N° 15.384.867-K; doña MARCELA MARÍA GUZMÁN AGUILAR, CNI N° 21.376.093-4 y don ALEJANDRO JOAQUÍN ESPINOSA GUZMÁN, CNI N° 22.557.771-6, todos domiciliados en Avenida La Dehesa N° 223, departamento N° E 102, constituyen sociedad por acciones cuyas principales menciones son las siguientes: Nombre: “ALEMAR INVERSIONES SPA” pudiendo actuar para todos los efectos e incluso ante bancos, bajo el nombre de fantasía “ALEMAR CAPITAL SpA”. Objeto. El objeto de la sociedad será: a) administración, arriendo de bienes, leasing, subarriendo, venta y enajenación de bienes inmuebles urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros; b) ejecución de obras de remodelación, ampliación, mantención y habilitación de inmuebles, directamente o a través de terceros; c) inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones, cuotas o participaciones en sociedades civiles o comerciales, cooperativas, comunidades, fondos de inversión, entidades financieras o no financieras, nacionales o extranjeras; d) otorgar y recibir préstamos, celebrar contratos de mutuo, constituir garantías reales o personales, contratar financiamiento bancario o no bancario, abrir cuentas corrientes y ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto; e) en general, podrá realizar cualquier actividad lícita relacionada directa o indirectamente con los fines anteriores, aun cuando no esté expresamente señalada, siempre que sea acordada por la administración dentro de sus facultades. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración. 3 años, renovables automática y sucesivamente por períodos de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prórrogas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, el cual es suscrito de la siguiente manera: (i) don ALEJANDRO FEDERICO ESPINOSA MÉNDEZ, suscribe la cantidad de 47 acciones por la suma de $470.000, los cual paga en este acto, al contado en dinero efectivo; lo cual corresponde al 47% del capital accionario; (ii) doña MARCELA MARÍA GUZMÁN AGUILAR, suscribe la cantidad de 47 acciones por la suma de $470.000, los cual paga en este acto, al contado en dinero efectivo; lo cual corresponde al 47% del capital accionario; y (iii) don ALEJANDRO JOAQUÍN ESPINOSA GUZMÁN, suscribe la cantidad de 6 acciones por la suma de $60.000, los cual paga en este acto, al contado en dinero efectivo, lo cual corresponde al 6% del capital accionario. Administración. corresponderá a doña Marcela María Guzmán Aguilar y don Alejandro Federico Espinosa Méndez, en forma conjunta, amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada.