MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola, Ganadera y Comercializadora RAM Limitada

RUT 76157738-7 CVE 2807610
Fecha instrumento
22 de abril de 2026
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2026
Repertorio
1024
Notario
César Andrés Suárez Sánchez
Oficio
Quinta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

César Andrés Suárez Sánchez, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Chillán, con oficio en esta ciudad, calle Libertad Nº744, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 22 de abril de 2026, repertorio Nº1024, ante mí, doña MARÍA ISABEL GARCIA BARRIO, domiciliada en Fundo Puloyo s/n, comuna Osorno, por sí y en representación de doña MARÍA IGNACIA PADILLA LACOSTE, domiciliada en Los Prumos N° 400, depto.401, Concón; doña DANIELA ALEJANDRA PADILLA ELIAS, domiciliada en Candilejas N°609, Los Ángeles, y don RENÉ PATRICIO PADILLA JIMENEZ, domiciliado en Fundo Puloyo s/n comuna Osorno, Modificaron “SOCIEDAD AGRÍCOLA, GANADERA Y COMERCIALIZADORA RAM LIMITADA”, RUT N° 76.157.738-7, constituida por escritura pública de 20 Mayo 2011, Rep. N° 1859-2011, suscrita en Notaría Dolmestch de Osorno, inscrita a fojas 258 vta. N° 202 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, del año 2011. Son sus únicos y actuales socios doña MARÍA ISABEL GARCIA BARRIO, con un 50% del total de los derechos sociales; doña DANIELA ALEJANDRA PADILLA ELIAS, con un 25% del total de los derechos sociales; y doña MARIA IGNACIA PADILLA LACOSTE, con un 25% del total de los derechos sociales. Socias doña DANIELA ALEJANDRA PADILLA ELIAS y doña MARÍA IGNACIA PADILLA LACOSTE representada por doña María Isabel García Barrio, venden, ceden y transfieren, libre y voluntariamente a don RENÉ PATRICIO PADILLA JIMENEZ, la totalidad de sus derechos equivalentes al 50% de los derechos sociales, quien los compra, adquiere y acepta para sí, de la siguiente manera: A) de doña DANIELA ALEJANDRA PADILLA ELIAS, el 100% de su participación societaria, equivalente al 25% de los derechos sociales, el precio de esta cesión es la suma de $1.000.000.-, pagados con anterioridad a este acto, a plena satisfacción y conformidad de la cedente. B) de doña MARÍA IGNACIA PADILLA LACOSTE, el 100% de su participación social, equivalente al 25% del total de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de un millón de pesos, los que fueron pagados con anterioridad a este acto, a plena satisfacción y conformidad de la cedente. En consecuencia, quedan como únicos socios doña MARÍA ISABEL GARCIA BARRIO, con el 50% de los derechos sociales; y don RENÉ PATRICIO PADILLA JIMENEZ, con el 50% de los derechos sociales. La administración representación y uso de la razón social, le corresponderá conjunta o separadamente a doña MARIA ISABEL GARCIA BARRIO y a don RENÉ PATRICIO PADILLA JIMÉNEZ, quienes anteponiendo a sus respectivas firmas la razón social, podrán ejecutar todos los actos jurídicos, convenciones y contratos necesarios para el adecuado desarrollo de los negocios sociales, y tendrán todas las atribuciones que se señalan en cláusula sexta de la escritura de Modificación extractada. En todo lo que no se modifica quedan vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones. Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán, Doy fe, 06 de mayo de 2026.