CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Cerro Calán SpA

CVE 2807833
Fecha instrumento
20 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2026
Repertorio
3288/2026
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
Vigésimo Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, loteo, subdivisión, urbanización o cualquier otra forma de actividad o explotación de bienes raíces; la construcción de casas, locales comerciales, edificios de departamentos, estacionamientos u oficinas, por cuenta propia o ajena y de cualquier otro asunto o negocio, inmobiliario o relativo a bienes raíces, que los accionistas convengan. Asimismo, la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Por último, podrá realizar cualquier actividad, que acuerden los accionistas y que se relacione directa o indirectamente con su objeto social, que lo complemente, o sea consecuencia de él

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 20/04/2026, Repertorio N°3.288/2026, ante mí, la sociedad INMOBILIARIA RAUL DEL RIO LIMITADA, representada conjuntamente por don Raúl Marcelo Ramón Del Río Díaz y por doña Patricia Gabriela Del Río Díaz, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: INMOBILIARIA CERRO CALÁN SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, loteo, subdivisión, urbanización o cualquier otra forma de actividad o explotación de bienes raíces; la construcción de casas, locales comerciales, edificios de departamentos, estacionamientos u oficinas, por cuenta propia o ajena y de cualquier otro asunto o negocio, inmobiliario o relativo a bienes raíces, que los accionistas convengan. Asimismo, la sociedad tendrá por objeto la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Por último, podrá realizar cualquier actividad, que acuerden los accionistas y que se relacione directa o indirectamente con su objeto social, que lo complemente, o sea consecuencia de él. Capital: El capital de la sociedad será la suma de mil millones de pesos dividido en diez mil acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. Dicho capital se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado en la suma de novecientos millones cuarenta mil seiscientos cuarenta pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2026.