INMOBILIARIA E INVERSIONES DON JOAQUIN SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2026
- Repertorio
- 3240/2026
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N°578, Santiago, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de fecha 20/4/2026, repertorio N°3240/2026, ante mí, doña CONSTANZA ALEJANDRA GUTIERREZ ARAYA, cédula de identidad número dieciocho millones novecientos noventa y tres mil cincuenta y uno guion ocho, domiciliada en Dario Urzúa número mil novecientos diez, departamento número mil doscientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don CRISTIAN ADOLFO GUTIERREZ ARAYA, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos cuarenta guion dos, domiciliado en Duble Almeyda número dos mil cuatrocientos veinticinco, departamento número ciento veintiséis, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y, doña MARGARITA DEL ROSARIO ARAYA MONTOYA, cédula de identidad número once millones doscientos noventa y ocho mil ciento ochenta y tres guion siete, domiciliada en Mardoqueo Fernández número doscientos uno, departamento número doscientos seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante los comparecientes o los constituyentes, mayores de edad, constituyeron sociedad por acciones cuya razón social es “INMOBILIARIA E INVERSIONES DON JOAQUIN SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: A) La realización de toda clase de negocios e inversiones inmobiliarias, pudiendo efectuar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de transacciones comerciales en inmuebles urbanos o rurales; además de la prestación de asesorías relacionadas al rubro; la adquisición, administración y promoción de bienes inmuebles, activos e instrumentos financieros. B) Comprar, vender, permutar, gravar, arrendar, subarrendar y administrar, realizar cualquier forma de explotación, loteo, subdivisión, urbanización, habilitación, desarrollo, construcción, remodelación y comercialización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. C) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de dichas inversiones y la obtención de rentas; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. D) El desarrollo de proyectos de diseño, arquitectura, construcción, urbanismo e ingeniería en construcción habitacional, comercial, industrial y de infraestructuras, así como la gestión, promoción y ejecución de proyectos inmobiliarios, incluyendo estudios de mercado, evaluación, análisis de factibilidad técnica, económica y financiera y la promoción de proyectos de desarrollo urbano. E) El corretaje de propiedades, la adquisición, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, remate, tasación, mantención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, con o sin equipos y maquinarias, incluyendo comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la prestación de servicios de gestor inmobiliario y relacionados; la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces. F) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión en materias inmobiliarias, económicas, financieras y de inversión, incluyendo la estructuración, evaluación y ejecución de negocios y proyectos por cuenta propia o de terceros. G) La inversión de capitales y/o recursos propios o de terceros en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo, sin que la enumeración sea taxativa, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, instrumentos de ahorro y/o capitalización, valores de oferta pública o privada, y en general, toda clase de instrumentos financieros, títulos o valores mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos, rentas o utilidades. H) La constitución, adquisición, participación o integración, en cualquier forma, en sociedades, comunidades, asociaciones o entidades de cualquier naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero, cualquiera sea su objeto o giro; pudiendo ejercer derechos como socia o accionista, administrar dichas participaciones, y en general, realizar todos los actos, contratos y operaciones que sean necesarios o convenientes para el desarrollo de dichas inversiones y el cumplimiento de su objeto social. I) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza, ya sean civiles o mercantiles, que sean necesarios para la realización del objeto social o que directa o indirectamente se relacionen con él, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias. CAPITAL: El capital de la sociedad es VEINTE MILLONES DE PESOS, dividido en DOS MIL ACCIONES, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto y de la siguiente manera: A) CONSTANZA ALEJANDRA GUTIERREZ ARAYA, suscribe QUINIENTAS ACCIONES ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de CINCO MILLONES DE PESOS del capital social, que se paga en dinero efectivo y al contado; B) CRISTIAN ADOLFO GUTIERREZ ARAYA, suscribe MIL DOSCIENTAS ACCIONES ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de DOCE MILLONES DE PESOS del capital social, que se paga en dinero efectivo y al contado; y C) MARGARITA DEL ROSARIO ARAYA MONTOYA, TRESCIENTAS ACCIONES ordinarias de serie única, equivalentes a la suma de TRES MILLONES DE PESOS del capital social, que se paga en dinero efectivo y al contado. DURACION: Indefinida. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD: Corresponderá a tres administradores quienes actuarán con cada una de las facultades señaladas en la escritura que por este acto se extracta de manera separada e indistinta y que son designados en este acto: doña CONSTANZA ALEJANDRA GUTIERREZ ARAYA, don CRISTIAN ADOLFO GUTIERREZ ARAYA y doña MARGARITA DEL ROSARIO ARAYA MONTOYA, todos ya individualizados previamente. DOMICILIO: Comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 de abril de 2026.