TORNERÍA Y MATRICERÍA TRENTO COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2026, Rep. N° 2.735-2026, ante mi Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, KARLA PATRICIA LATÍN IGNAMARCA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número 19.742.251-3; don JULIO ENRIQUE LATIN MANCILLA, chileno, casado, empleado, cédula de identidad número 10.533.260-2; y CLAUDIA MARITZA IGNAMARCA BERRIOS, chilena, casada, comerciante, cédula de identidad número 12.165.319-2, los tres comparecientes con domicilio en calle Universo número 2.152, comuna de Peñaflor, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “TORNERÍA Y MATRICERÍA TRENTO COMPAÑÍA LIMITADA”, de cuyos estatutos y modificaciones consta: a) escritura pública de constitución de fecha nueve de marzo de dos mil siete, otorgada ante el Oficial Primero, Notario Subrogante de la Titular de la comuna de Peñaflor, don César Eduardo Barría Castillo, cuyo extracto se inscribió a fojas 10.645 número 7.775 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007, y se publicó en el modificación de fecha trece de noviembre de dos mil nueve, otorgada ante doña Blanca Nieves Ardiaca Garay; y c) escritura pública de modificación de fecha nueve de abril de dos mil veintiuno, otorgada ante doña María Eugenia Le-Bert Acheritogaray. La modificación extractada consiste en que doña Karla Patricia Latín Ignamarca cede a don Julio Enrique Latin Mancilla el dos por ciento de su interés en la sociedad, por el precio de cien mil pesos, que la cedente declara recibir a su entera satisfacción. En consecuencia, los únicos socios de la sociedad son don Julio Enrique Latin Mancilla, con un dos por ciento del capital social, y doña Claudia Maritza Ignamarca Berrios, con un noventa y ocho por ciento del capital social. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social y de sus modificaciones anteriores.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2026.