MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Kupal Limitada

RUT 76410152-9 CVE 2805933
Capital
$5.000.000 CLP
Notaría
Titular de la Primera Notaría de Vitacura

Instrumento

Repertorio
694
Comuna
Titular de la Primera Notaría de Vitacura

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Av. Vitacura N°6.844, Local -1, Vitacura, certifico: Por escritura de fecha 17 de marzo del 2026, bajo el Repertorio N°694, ante mí XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, domiciliado Luis Carrera 1248, departamento 34, Vitacura: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 20 de enero año 2023, Repertorio 323, ante Luis Poza Maldonado, de la Notaria de Vitacura, XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, BEGOÑA GENTZANE DE ARETXABALA DE LAIRE y XABIER IÑAKI DE ARETXABALA DE LAIRE, celebraron escritura aumento capital sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “INVERSIONES KUPAL LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.410.152-9, figura inscrita a fojas 41.486, bajo el N°25.799, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente año 2014, publicado en el Diario Oficial en edición N°40.877, de fecha 9 de junio año 2014.- Capital $5.000.000.- SEGUNDO: Por el presente instrumento XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA viene en complementar escritura fecha 20 de enero año 2023, Repertorio N°323, en el sentido de agregar a la cláusula PRIMERO después del punto seguido y antes de la palabra SEGUNDO, la frase siguiente: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde su constitución y dicho plazo se entenderá prorrogado en forma automática por periodos de 3 años cada uno.”. TERCERO: XABIER ANDER DE ARETXABALA URQUIZA, por este instrumento, y conforme a lo dispuesto en la ley 19.499, sobre Saneamiento de vicios de Nulidad de Sociedades, vienen en sanear y corregir el vicio que afecta a la validez de la modificación de la sociedad “INVERSIONES KUPAL LIMITADA”, por no haberse inscrito dentro del plazo exigido por la ley.- Demás estipulaciones escritura extractada. Vitacura, 13 de abril del 2026.