CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GRUPO COVENANT SpA

RUT 15108398-6 CVE 2806396
Notaría
La Reina
Duración
Indefinida

Instrumento

Repertorio
33698/2026
Notario
PABLO MARTINEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifica que: por escritura pública de fecha 27 de abril del 2026, Repertorio N°33698 / 2026, ante mí, don ROBERTO PATRICIO ALTAMIRANO CABRERA, cédula de identidad número 15.108.398-6, con domicilio para estos efectos en calle Lo Fontecilla número quinientos cuarenta y ocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por acciones, escritura social que continuación se extracta: I.- Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “GRUPO COVENANT SpA”.-II.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de la facultad de establecer agencias, sucursales y establecimientos permanentes en otros puntos del país o en el extranjero.-III. Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida.- IV. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría financiera, contable, tributaria, administrativa y de gestión empresarial a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluyendo análisis financiero, planificación financiera, estructuración patrimonial, planificación tributaria, evaluación de proyectos de inversión, consultoría estratégica y apoyo en la toma de decisiones empresariales; b) La prestación de servicios de consultoría económica, financiera, contable, tributaria y administrativa, así como la elaboración de informes financieros, análisis de negocios, estudios económicos y evaluación de proyectos; c) La prestación de servicios de planificación financiera, gestión patrimonial y coordinación de inversiones, pudiendo asesorar en la estructuración, organización y administración financiera de patrimonios, empresas o grupos empresariales; d) La inversión por cuenta propia en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, valores, acciones, derechos sociales, cuotas de fondos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de activos o inversiones, su adquisición, administración, explotación y enajenación, así como la percepción de los frutos, rentas o utilidades que de ellos se deriven; e) La participación en toda clase de sociedades, comunidades, asociaciones o negocios, cualquiera sea su naturaleza o giro, pudiendo constituirlas, adquirir derechos o acciones en ellas, administrarlas, modificarlas o enajenarlas; f) La prestación de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos y, en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales relacionados con las actividades financieras, contables, tributarias, administrativas y empresariales; g) La ejecución de toda clase de actos de comercio, contratos y negocios orientados a los fines precedentes, ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; h) La adquisición, administración, explotación y enajenación de bienes, activos, inversiones o derechos de cualquier naturaleza, así como la gestión y administración de dichos activos por cuenta propia; i) La estructuración, organización y administración de inversiones, patrimonios o negocios, pudiendo desarrollar actividades de intermediación, financiamiento, administración de activos o coordinación de operaciones vinculadas a tales inversiones, en la medida permitida por la legislación vigente; j) Las actividades señaladas podrán desarrollarse principalmente como servicios profesionales prestados directamente por el socio o administrador de la sociedad, pudiendo ejecutarse mediante medios presenciales o tecnológicos; k) Las actividades antes indicadas no requerirán necesariamente establecimiento abierto al público, pudiendo prestarse desde oficinas privadas, domicilios profesionales o mediante medios tecnológicos; l) El desarrollo en general de toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas con las actividades del objeto social y todas aquellas que resulten necesarias o convenientes para el desarrollo y cumplimiento del objeto señalado precedentemente.- V. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se entera y se paga conforme a lo señalado en los artículos transitorios.-. En consecuencia, el capital social ha sido íntegramente suscrito y pagado por el accionista. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 30 de abril del 2026.