Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2026
- Repertorio
- 6462-2026
Sociedad
- Capital
- $2.012.400 CLP
Objeto social
(i) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores y efectos de comercio; (ii) la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de las rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; y (iii) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa e indirectamente con las anteriores. (C)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, titular de la 34ª notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, certifico que por instrumento privado de fecha 21 de abril de 2026, protocolizado en mis registros con fecha 21 de abril de 2026, bajo el número de repertorio 6.462-2026, don Carlos Alfredo Scheiding Herrera, don Fernando Varas Eguiluz y don José Ignacio Vásquez Riesco, constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables según la ley son las siguientes: (A) Nombre: “VSV HOLDING SpA”. (B) Objeto: (i) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores y efectos de comercio; (ii) la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de las rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; y (iii) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa e indirectamente con las anteriores. (C) Capital: $2.012.400, dividido en 1.200 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en la escritura extractada.- Santiago, 27 de abril de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello.