SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2026
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de abril del año 2026, ante mí, comparecieron don Felipe Sebastián Gilabert Novoa, don Thino Carlo Aybar Paeile, doña María Catalina Ortúzar Orphanopoulos; y don Sebastián Ortúzar Orphanopoulos, todos domiciliados en Independencia N°3.060, de Conchalí, Región Metropolitana. Los actuales y únicos socios, esto es: Felipe Sebastián Gilabert Novoa; Thino Carlo Aybar Paeile; y María Catalina Ortúzar Orphanopoulos de la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA, inscrita a fs. 40.394, N°28.742 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Aumento de capital: Los socios acordaro aumentar el capital de la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA, de la suma actual de $1.200.000, en la cantidad de $31.600.000. II.- Ingreso nuevo socio: Como consecuencia del aumento de capital pactado en la presente escritura, don Sebastián Ortúzar Orphanopoulos, con el acuerdo unánime de los actuales socios de la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA, se incorpora como nuevo socio de la Sociedad. III.- Cesión de derechos sociales: Doña María Catalina Ortúzar Orphanopoulos, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA, en partes iguales a favor de don Felipe Sebastián Gilabert Novoa, don Thino Carlo Aybar Paeile y don Sebastián Ortúzar Orphanopoulos, quienes compran, adquieren y aceptan para sí, un tercio de los derechos sociales de la cedente en la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA, por la suma de $2.833.557 pesos cada uno, que cada cesionario pagará a la cedente, en un plazo de 6 meses contados desde la fecha del presente acto. IV.- Retiro de socia. Como consecuencia de la cesión de la totalidad de sus derechos sociales, doña María Catalina Ortúzar Orphanopoulos se retira como socia de la Sociedad, otorgando el más amplio, completo y definitivo finiquito a la Sociedad y a los socios restantes, declarando que no tiene cargo, derecho, reclamo, crédito, demanda, petición o exigencia alguna, cualquiera fuera su naturaleza o cantidad, que hacerse por motivo alguno. V.- Nuevo Capital. Como consecuencia del aumento de capital, cesión de derechos sociales, salida de socia e ingreso de nuevo socio acordado en este instrumento, el nuevo capital la sociedad SERVICIOS DE ASEO Y MANTENCIÓN PURE CLEAN LIMITADA asciende a la suma de treinta y un millones seiscientos mil pesos, distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: don Felipe Sebastián Gilabert Novoa, con la suma de $10.533.333 pesos, equivalente al 33% del capital y los derechos sociales aproximadamente; don Thino Carlo Aybar Paeile, con la suma de $10.533.333 pesos, equivalente al 33% del capital y los derechos sociales aproximadamente; y, don Sebastián Ortúzar Orphanopoulos, con la suma $10.533.333 pesos, equivalente al 33% del capital y los derechos sociales aproximadamente. VI.- Modificación de Estatutos: Se modificó el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital, el cual quedó redactado como sigue: "Artículo Cuarto: El capital social es la cantidad de $31.600.000, distribuido entre los socios del siguiente modo: /Uno/ don Felipe Sebastián Gilabert Novoa, con $10.533.333, equivalente al 33% aproximadamente del capital y los derechos sociales; /Dos/ don Thino Carlo Aybar Paeile, con $10.533.333, equivalente al 33% aproximadamente del capital y los derechos sociales; /Tres/ don Sebastián Ortúzar Orphanopoulos, con $10.533.334, equivalente al restante 33% aproximadamente del capital y los derechos sociales." En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 27 de abril de 2026.