Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Se constituye una Sociedad por Acciones cuyo nombre o razón social será SUR CAPITAL INVERSIONES SpA. II) El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. III) El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo, sin limitación, la adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y disposición de acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio, instrumentos financieros de renta fija o variable, cuotas de fondos de inversión o mutuos, y en general, toda clase de valores mobiliarios. Asimismo, la sociedad podrá participar en otras sociedades o entidades, cualquiera sea su naturaleza jurídica, constituidas en Chile o en el extranjero, ya sea como socia, accionista o inversionista, pudiendo constituir, modificar, fusionar, dividir o disolver dichas entidades, así como ejercer derechos y cumplir obligaciones derivadas de su participación en ellas. Podrá también invertir en bienes raíces, adquirirlos, administrarlos, explotarlos, arrendarlos, subarrendarlos, lotearlos, urbanizarlos, construir sobre ellos o enajenarlos a cualquier título. Adicionalmente, la sociedad podrá otorgar y recibir préstamos, créditos y financiamiento, con o sin garantía, constituir garantías reales o personales, incluyendo hipotecas, prendas y fianzas, y celebrar toda clase de actos y contratos necesarios o conducentes al cumplimiento de su
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponderá exclusivamente a don Luis David Cifuentes Gatica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de abril de 2026, Rep. N° 3.955-2026, ante mí, JOSÉ LUIS RIESCO PÉREZ, en representación de LUIS DAVID CIFUENTES GATICA, cédula de identidad catorce millones noventa y seis mil setecientos treinta y uno guión nueve, domiciliado en Bernardo O'Higgins número cuatrocientos ochenta y cinco, departamento ochocientos dos, comuna y ciudad de Osorno, Región de Los Lagos. Constituye Sociedad por Acciones conformidad Título VII, Libro II, Código de Comercio. I) Nombre, Domicilio, Duración y Objeto. Se constituye una Sociedad por Acciones cuyo nombre o razón social será SUR CAPITAL INVERSIONES SpA. II) El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. III) El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo, sin limitación, la adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y disposición de acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio, instrumentos financieros de renta fija o variable, cuotas de fondos de inversión o mutuos, y en general, toda clase de valores mobiliarios. Asimismo, la sociedad podrá participar en otras sociedades o entidades, cualquiera sea su naturaleza jurídica, constituidas en Chile o en el extranjero, ya sea como socia, accionista o inversionista, pudiendo constituir, modificar, fusionar, dividir o disolver dichas entidades, así como ejercer derechos y cumplir obligaciones derivadas de su participación en ellas. Podrá también invertir en bienes raíces, adquirirlos, administrarlos, explotarlos, arrendarlos, subarrendarlos, lotearlos, urbanizarlos, construir sobre ellos o enajenarlos a cualquier título. Adicionalmente, la sociedad podrá otorgar y recibir préstamos, créditos y financiamiento, con o sin garantía, constituir garantías reales o personales, incluyendo hipotecas, prendas y fianzas, y celebrar toda clase de actos y contratos necesarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social. Finalmente, la sociedad podrá desarrollar actividades de asesoría, gestión, administración y estructuración de inversiones, incluyendo la prestación de servicios profesionales, financieros, tributarios o estratégicos relacionados con su giro principal, siempre que no se encuentren sujetos a regulación especial que requiera autorización previa, o en su caso, cumpliendo con las normas legales aplicables. IV) Del Capital y las Acciones. El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado como se indica en articulado transitorio del estatuto social. V) De la Administración. El uso de la razón social, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponderá exclusivamente a don Luis David Cifuentes Gatica. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 20 de abril de 2026.-