INGECORP ELECTRICIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2026
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.500.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Objeto: será: la asesoría técnica en la especialidad de electricidad incluyendo estudios, proyectos, planos y demás que sean necesarios, instalación, montaje y construcción de baja tensión y alta tensión. b) Compraventa importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes sistemas y equipos de computación, subrepuestos y accesorios, prestación de servicios de programación, operación y manutención de equipos de computación y cualquier otra actividad relacionada con lo anterior, que los socios de común acuerdo determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número 332, comuna de Santiago, Certifica: Por escritura ante mí, de 14 abril 2026, Rep. 1.637, doña EVELYN DEL CARMEN VILLARROEL DELGADO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, comerciante; don CARLOS PATRICIO ORTIZ PEREIRA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero eléctrico, ambos con domicilio en Valentín Letelier mil trescientos setenta y tres, departamento ciento siete, comuna de Santiago; por una partes como “Los Cedentes”, y don LUIS ROBERT GUAJARDO PEREZ, chileno, soltero, técnico eléctrico, cédula de identidad quince millones ochocientos mil quinientos setenta y ocho guion seis, domiciliado en Maturana setecientos cincuenta, comuna de Santiago, modificaron sociedad INGECORP ELECTRICIDAD LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.834.570-8, constituida mediante escritura pública de fecha 28 de marzo 2007, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Cosme Fernando Gomila Gatica, inscrita en extracto a fojas 15.079 número 11.157 Registro de Comercio Santiago, correspondiente al año 2007. Modificaciones consisten: 1) doña Evelyn del Carmen Villarroel Delgado, dueña de un 60% y don Carlos Patricio Ortiz Pereira, dueño de un 40% vendieron, cedieron y transfirieron totalidad de sus derechos a don Luis Robert Guajardo Perez, quien los compra, aceptó y adquirió para sí en la suma de $5.500.000, que cesionario pagó a los cedentes con anterioridad a dicho acto, y que cedentes declararon haberlos recibido a su completa satisfacción. Con lo anterior, el único socio de, “INGECORP ELECTRICIDAD LIMITADA” será don Luis Robert Guajardo Perez con el 100 por ciento de participación social. 2) Transformación, su actual y único socio transforma la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones en conformidad a los siguientes estatutos. NOMBRE: El nombre de la sociedad será "NELPA SpA”. DURACIÓN: La sociedad comenzara a regir a contar desde la constitución como sociedad de responsabilidad limitada, esto es, del 28-03-2007, y como continuadora legal para todos los efectos, y tendrá una duración indefinida. OBJETO: Objeto: será: la asesoría técnica en la especialidad de electricidad incluyendo estudios, proyectos, planos y demás que sean necesarios, instalación, montaje y construcción de baja tensión y alta tensión. b) Compraventa importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes sistemas y equipos de computación, subrepuestos y accesorios, prestación de servicios de programación, operación y manutención de equipos de computación y cualquier otra actividad relacionada con lo anterior, que los socios de común acuerdo determinen. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.500.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, que la accionista don Luis Robert Guajardo Perez, quien suscribe en este acto 1.000 acciones, que corresponde a la suma de $5.500.000 y un interés del 100 por ciento de participación e interés social, todo de contado en dicho acto, en dinero efectivo, ya enterado en caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23d de abril de 2026.