CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

NEXUS BIOLOGIC SpA

RUT 7969760-5 CVE 2804361
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de abril de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2026
Repertorio
32740/2026
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: la investigación, desarrollo, descubrimiento, invención, validación, producción, transferencia tecnológica, licenciamiento, comercialización y explotación de terapias celulares y otras tecnologías biomédicas, biotecnológicas o biofarmacéuticas, incluyendo, entre otras, terapias celulares autólogas o alogénicas, medicina regenerativa, ingeniería de tejidos, terapias génicas asociadas a células, productos de terapia avanzada, biología celular y molecular, inmunoterapia, biotecnología médica y tecnologías relacionadas. Asimismo, tendrá por objeto la adquisición e inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan, faciliten o contribuyan directa o indirectamente a la realización de las finalidades anteriores. En el cumplimiento de los objetivos mencionados, la Sociedad podrá crear o participar en la creación de otras sociedades y personas jurídicas en general, con la capacidad de asociarse y de celebrar toda clase de contratos, con cualquier entidad, de manera amplia, pudiendo aportar los bienes de la sociedad en pago de las acciones o derechos sociales que le corresponda en las otras sociedades en las cuales tenga participación

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de abril de 2026, otorgada ante mí, bajo repertorio N°32.740/2026, SERGIO HUMBERTO CEDANO RIVERA, cédula nacional de identidad número 7.969.760-5, constituyó una sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: “NEXUS BIOLOGIC SpA”. DURACIÓN: La duración de la Sociedad es indefinida. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: la investigación, desarrollo, descubrimiento, invención, validación, producción, transferencia tecnológica, licenciamiento, comercialización y explotación de terapias celulares y otras tecnologías biomédicas, biotecnológicas o biofarmacéuticas, incluyendo, entre otras, terapias celulares autólogas o alogénicas, medicina regenerativa, ingeniería de tejidos, terapias génicas asociadas a células, productos de terapia avanzada, biología celular y molecular, inmunoterapia, biotecnología médica y tecnologías relacionadas. Asimismo, tendrá por objeto la adquisición e inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan, faciliten o contribuyan directa o indirectamente a la realización de las finalidades anteriores. En el cumplimiento de los objetivos mencionados, la Sociedad podrá crear o participar en la creación de otras sociedades y personas jurídicas en general, con la capacidad de asociarse y de celebrar toda clase de contratos, con cualquier entidad, de manera amplia, pudiendo aportar los bienes de la sociedad en pago de las acciones o derechos sociales que le corresponda en las otras sociedades en las cuales tenga participación. CAPITAL: El capital social es la cantidad de $10.000.000, dividido en 10.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales 4.400.000 acciones equivalentes a $4.400.000, se encuentran suscritas y pagadas. Las demás acciones quedan pendientes de suscripción y pago y deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, 24 de abril de 2026.