MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RIGEL KENT LIMITADA

RUT 78320190-9 CVE 2804593
Fecha instrumento
14 de abril de 2026
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2026
Repertorio
2779/2026
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: por escritura pública otorgada el 14 de abril de 2026, ante mi, Repertorio Nº 2779/2026: Doña NURY DELLANIRA SANCHEZ APABLAZA, domiciliada en Avenida Nueva Providencia mil ochocientos ochenta y uno, oficina trescientos cuatro, comuna de Providencia, don JAIME PATRICIO GONZALEZ LORCA, domiciliado en Santa Beatriz ciento setenta, oficina mil doscientos tres, comuna de Providencia y don DANIEL ANDRES VASQUEZ LUCERO, domiciliado en Tongoy mil sesenta y siete -B, comuna de La Pintana, modificaron sociedad “INVERSIONES RIGEL KENT LIMITADA”, constituída por escritura pública con fecha veintiséis de Octubre del año mil novecientos noventa y dos, ante el notario de Santiago don Fernando Opazo Larrain, inscrita a fojas treinta y dos mil trescientos cincuenta y nueve número diecinueve mil seiscientos tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año mil novecientos noventa y dos, en lo siguiente: 1) doña Nury Dellanira Sanchez Apablaza, vende, cede y transfiere a don Daniel Andres Vasquez Lucero quien compra, acepta y adquiere para sí, el uno por ciento de los derechos sociales, en la suma de tres millones setecientos cuarenta y cinco mil sesenta y dos pesos; 2) Quedan como únicos socios de la sociedad “INVERSIONES RIGEL KENT LIMITADA“ los siguientes socios: a) don Jaime Patricio Gonzalez Lorca con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales y b) don Daniel Andres Vasquez Lucero con un uno por ciento de los derechos sociales; 3) modifican la cláusula séptima del pacto social, en el sentido que la administración de la sociedad y el Uso de la Razón social corresponderá a don JAIME PATRICIO GONZALEZ LORCA.- Quedan íntegramente vigentes las cláusulas del pacto social, en todo lo que no se hubiere modificado en virtud del presente instrumento.- Santiago, 14 de abril de 2026.-lp