B&B INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2026
- Repertorio
- 371-2026
- Notario
- CARLOS ALBERTO ALARCÓN LARA
- Oficio
- Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Capital
- $4.800.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO ALARCÓN LARA, chileno, abogado, Notario Público Interino de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio y domicilio en Avenida El Bosque Norte número cero cuarenta y siete, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de Abril de 2026, ante mí, Repertorio N° 371-2026: Ricardo Marcelo Berdicheski Sommerfeld, domiciliado en Avenida Eliodoro Yáñez Nº 1783, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y Vivian Paola Berdicheski Sommerfeld, domiciliada en calle La Aurora Nº1449, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “B&B Inversiones SpA”, constituida por escritura pública de fecha 29 de abril de 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci, extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago del año 2010, a fojas 21599 Nº 14652 y publicado en el Diario Oficial de 6 de mayo de 2010. Modificaciones: 1.- Se disminuye el capital social, de $8.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor, a la suma de $4.800.000, dividido en 600 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y de igual valor. 2.- Se sustituye el Artículo Sexto de los Estatutos de la Sociedad por el siguiente texto: “ARTÍCULO SEXTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $4.800.000, dividido en 600 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital inicial se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de 5 años contados desde la fecha en que se acuerde el aumento. Si el capital inicial o sus posteriores aumentos no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán, sin perjuicio de ello, todos los derechos que los Estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago.” 3.- Se sustituye el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos de la Sociedad por el siguiente texto: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de $4.800.000, dividido en 400 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales han sido suscritas y pagadas íntegramente por don Ricardo Marcelo Berdicheski Sommerfeld.” Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada. Portador facultado para su legalización. Santiago, 27 de Abril de 2026.