Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2026
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) La compra, venta, cesión e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; b) Dar y tomar en arrendamiento, leasing, administración, concesión y otras formas de cesión o tenencia temporal, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, amoblados o sin amoblar; c) Administrar dichas inversiones y percibir sus rentas; y c) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Miraflores N° 222, piso 11, certifico, por escritura pública de fecha 9 de marzo de 2026, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio número 5.437-2026, ante mí, Andrés Arturo Sadler Polanco y Diego Cavagnaro Aspillaga, constituyeron sociedad por acciones, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “ALTOS DE OSORNO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La compra, venta, cesión e inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; b) Dar y tomar en arrendamiento, leasing, administración, concesión y otras formas de cesión o tenencia temporal, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, amoblados o sin amoblar; c) Administrar dichas inversiones y percibir sus rentas; y c) Constituir o adquirir derechos en toda clase de sociedades. Se entienden comprendidos en el giro social, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El mencionado capital fue íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución, en dinero, a entera satisfacción de la sociedad. En la misma escritura se designó a los señores Andrés Arturo Sadler Polanco y Diego Cavagnaro Aspillaga como administradores de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 15 de abril de 2026.