Joyería Casa Laarsen Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2026
- Notario
- Magdalena Sofía Latorre Larraín
- Oficio
- 5ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial le corresponderá a la persona designada por el socio INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A. Esta designación deberá efectuarse en Sesión de Directorio y el Acta de dicha Sesión deberá ser reducida a escritura pública la que deberá ser inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y anotarse al margen de fojas 10.186, N° 5.737, del mismo Registro correspondiente al año 1982. El administrador así designado, anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará y obligará, con las más amplias facultades que en derecho procedan, sin ninguna limitación, y tendrá todas y cada una de las facultades conferidas por el Artículo Quinto de la escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2004, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Pablo Alberto González Caamaño y sus modificaciones posteriores, las que se entienden aquí reproducidas una a una.”. En lo no modificado, rige íntegramente Pacto Social
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A | socio | 96584150-4 | — | — | |
| Sucesión de doña Doris Cecilia Wolf Laarsen | socio | 5110435-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMagdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino de la 5ª Notaría Santiago, Avda. El Golf N° 99, oficina 101 B, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de abril de 2026, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A., RUT 96.584.150-4, representada por don Pedro Jorge Altmann Rosinger, C.I.E. N° 4.363.873-4; PATRICIA JOSEFINA WOLF LAARSEN, C.I. N° 6.110.436-6, representada por don Pedro Jorge Altmann Rosinger, ya individualizado; la Sucesión de doña Doris Cecilia Wolf Laarsen, RUT N° 5.110.435-8, compuesta por don PEDRO JORGE ALTMANN ROSINGER, ya individualizado, por doña NICOLE MÓNICA ALTMANN WOLF, C.I. N° 6.373.648-1, y por doña MICHELE ALTMANN WOLF, C.I. N° 11.125.077-4, Sucesión representada por su mandatario común don Pedro Jorge Altmann Rosinger, ya individualizado; y, JACQUELINE MARCELA WOLF LAARSEN, C.I. N° 6.373.647-3; todos, para estos efectos domiciliados en esta ciudad, calle La Gloria N° 100, Departamento 151, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la administración y el uso de la razón social de la sociedad “JOYERÍA CASA LAARSEN LIMITADA”, RUT N° 88.852.600-5, inscrita a fojas 10.186, número 5.737, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1982, sustituyendo el Artículo Quinto de los estatutos, por el siguiente: “Artículo Quinto: De la administración y el uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial le corresponderá a la persona designada por el socio INMOBILIARIA E INVERSIONES LAARSEN S.A. Esta designación deberá efectuarse en Sesión de Directorio y el Acta de dicha Sesión deberá ser reducida a escritura pública la que deberá ser inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y anotarse al margen de fojas 10.186, N° 5.737, del mismo Registro correspondiente al año 1982. El administrador así designado, anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará y obligará, con las más amplias facultades que en derecho procedan, sin ninguna limitación, y tendrá todas y cada una de las facultades conferidas por el Artículo Quinto de la escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2004, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Pablo Alberto González Caamaño y sus modificaciones posteriores, las que se entienden aquí reproducidas una a una.”. En lo no modificado, rige íntegramente Pacto Social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2026. Magdalena Latorre Larraín. Notario Público Interino.