Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2026
- Notario
- FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ANGÉLICA URZÚA ALLARD, don HERIBERTO FRANCISCO URZÚA SÁNCHEZ y a don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, quienes, actuando indistintamente, uno cualquiera de ellos, podrán actuar con amplias facultades, las que se encuentran indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Notario Público Interino de la 15ª Notaría de Santiago, ubicada en calle Mardoqueo Fernández N° 201, oficinas N° 101 y N°102, Providencia, Región Metropolitana de Santiago, certifica: por escritura de fecha 20 de abril de 2026, otorgada ante mí, doña MARÍA ANGÉLICA URZÚA ALLARD, con domicilio en calle General John O’Brien N°3345, departamento 24-A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó la siguiente sociedad por acciones: Razón Social: “INVERSIONES SANTO DOMINGO SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “SANTO DOMINGO SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la adquisición, enajenación, permuta, comercialización, arrendamiento, administración, subarrendamiento u otras formas de explotación, el loteo, subdivisión, construcción, y urbanización de bienes raíces rústicos y urbanos, por cuenta propia o ajena; b) obtener beneficios o rentas de la inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, especialmente derechos en otras sociedades, corporaciones o comunidades; c) la prestación de toda clase de servicios; d) la prestación de asesoría comercial, financiera, técnico financiera, educacional; e) la compraventa, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, mercaderías y productos; f) la representación de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; g) la ejecución de cualquier actividad comercial o productiva, sea de carácter agrícola, ganadera, forestal, pesquera, minera, industrial, turística, de servicios o de cualquier otra índole; h) invertir en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio y cualquier otro documento mercantil, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones; i) invertir, participar y administrar toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro y; j) en general, realizar toda otra actividad o negocio relacionado con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los accionistas. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ANGÉLICA URZÚA ALLARD, don HERIBERTO FRANCISCO URZÚA SÁNCHEZ y a don JORGE MAURICIO PERALTA VARGAS, quienes, actuando indistintamente, uno cualquiera de ellos, podrán actuar con amplias facultades, las que se encuentran indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.-, dividido en 100 acciones, las que han sido íntegramente suscritas y pagadas por doña MARÍA ANGÉLICA URZÚA ALLARD. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de abril de 2026.