MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola y Comercial Lo Macul Limitada

RUT 78005160-4 CVE 2803530
Fecha instrumento
15 de abril de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2025
Repertorio
682-26
Notario
GLORIA ORTIZ CARMONA
Oficio
Tercera Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público Titular de la Tercera Notaría Santiago, con asiento en la comuna de Vitacura, con oficio en Av. Vitacura 4607, local 21, comuna de Vitacura, Santiago, certifica: Por escritura pública de 15 de abril de 2025, repertorio N°682-26, ante mí; doña MARIA BERNARDITA CAROLINA GARCIA DOMINGUEZ, chilena, cédula nacional de identidad número 4.360.946-7, por sí y en representación, según se acreditó, de don JAIME MARCOS ROJAS OROSCO, chileno, cédula nacional de identidad número 3.859.202-5, ambos empresarios, casados entre sí y separados totalmente de bienes, según se acreditará, domiciliados en Fundo Casa de Maitenes sin número, comuna de San Clemente, Provincia de Talca, Séptima Región del Maule, de paso en ésta; modificaron sociedad “AGRICOLA Y COMERCIAL LO MACUL LIMITADA” pactada por escritura pública de fecha 14 de marzo del año 1990, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, inscrita a fojas 11.683 N°5.904, Registro Comercio, Santiago, año 1990. Se modifica en el siguiente sentido: CUARTO: Modificación del pacto social. Doña MARIA BERNARDITA CAROLINA GARCIA DOMINGUEZ, por sí y en representación de don JAIME MARCOS ROJAS OROSCO, como únicos y actuales socios de AGRICOLA Y COMERCIAL LO MACUL LIMITADA, acuerdan modificar el pacto social, en el siguiente sentido: Se reemplaza íntegramente la cláusula tercera relativa a la administración, representación legal y uso de la razón social, por la siguiente: “CLAUSULA TERCERA: La administración, representación legal y uso de la razón social corresponderá a doña MARIA BERNARDITA CAROLINA GARCIA DOMINGUEZ, quien actuando individualmente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos y gestiones, y ante toda persona natural o jurídica, ya sea política, administrativa, judicial, pública, fiscal, semifiscal, municipal y de administración autónoma, sin limitación alguna, y, sin que la enumeración sea taxativa”, con las facultades que contiene la escritura extractada. QUINTO: Ratificación de estipulaciones no modificadas. En todo lo no modificado por la presente escritura, continúan plenamente vigentes las estipulaciones de la escritura social de constitución y demás modificaciones. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Vitacura, 15 de abril, 2026.