CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PET'S CB SpA

CVE 2803066
Fecha instrumento
17 de abril de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de abril de 2026
Repertorio
1872-2026
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
Oficio
20ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

A) Comercialización, Compra y venta de Alimentos y accesorios de mascotas; Consultas veterinarias; Peluquería canina y toda clase de actividades relacionadas o no, que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy ante mí, por escritura pública Repertorio número repertorio 1872-2026, comparece: don CRISTIAN ANDRES BASTIAS SANCHEZ, el compareciente celebra un acto jurídico cuyo objeto es constituir una Sociedad por Acciones que se regirá por las disposiciones contenidas en estos estatutos, conforme a las cláusulas y artículos siguientes. En defecto o silencio de los presentes estatutos, con arreglo a las disposiciones del párrafo Octavo, Titulo VII, libro II del Código de Comercio, y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- “ESTATUTOS SOCIALES DE PET’S CB SpA”.- RAZÓN SOCIAL: La sociedad girará bajo la denominación de “PET’S CB SpA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los Bancos, Instituciones Financieras y toda clase de instituciones u organismos públicos o privados, con el nombre de fantasía “PET’S CB SpA”.- DURACIÓN: Indefinida.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezca en otros puntos del país o del extranjero.- OBJETO SOCIAL: A) Comercialización, Compra y venta de Alimentos y accesorios de mascotas; Consultas veterinarias; Peluquería canina y toda clase de actividades relacionadas o no, que acuerden los accionistas. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y, en general, invertir en cualquiera clase de títulos, valores y fondos mobiliarios, títulos de crédito, instrumentos comerciales, bancarios y financieros, efectos públicos o de comercio, derechos y cuotas en sociedades de todo tipo, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, explotarlos, percibir y reinvertir sus frutos y rentas, todo por cuenta propia o ajena; C) La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros, su explotación en cualquier forma y a cualquier título; la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos y rentas D) La inversión, formación, ingreso y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; E) La celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales. La sociedad cumplirá su objeto por sí o a través de otras sociedades que ella constituya o gestione o de que forme parte, o en los que tome interés, participación o representación, o con las que celebre contratos de concesión, de representación o se relacione de otro modo cualquiera. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido y representado en mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto, en dinero en efectivo, e ingresados a la caja social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de abril de 2026.-