CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES SANTA INÉS SpA

RUT 76196107-1 CVE 2803322
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2026
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2026
Notario
PABLO ANDRES ALMENDRAS BURGOS
Oficio
Séptima Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRES ALMENDRAS BURGOS, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Talca, con Oficio en calle 30 Oriente, número 1522, local A, de la comuna de Talca; certifica: Por escritura pública de fecha 08 de Abril de 2026, ante mí, GABRIEL ANDRÉS CASTRO DE HALLEUX, chileno, casado y separado de bienes, médico traumatólogo, cédula de identidad número diez millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos cuarenta y ocho guion seis, en representación de SOCIEDAD CASTRO ALID SpA., rol único tributario 76.196.107-1, ambos con domicilio en Condominio Santa María casa 12, Alto Las Cruces, comuna de Talca, Región del Maule; doña KARINA ANDREA ESPINOZA ARAVENA, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos seis guion seis, en representación de la sociedad INVERSIONES BUDNIK Y ESPINOZA LIMITADA; rol único tributario número 78.368.031-9, ambos con domicilio en 43 y medio oriente A número 3574, Villa Parque San Valentín, Comuna de Talca, Región del Maule; constituyen una sociedad por acciones de nombre "INVERSIONES SANTA INÉS SpA".- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talca, Región del Maule, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero.- La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina o de la cirugía y de salud corporal, en la actualidad o en el futuro; b) La atención médica ambulatoria a pacientes particulares o en convenio con empresas u organismos particulares, fiscales, en clínicas, hospitales, centros médicos, consultas, propias o de terceros, en las distintas ramas o especialidades de la medicina y salud corporal; c) La intervención quirúrgica, atenciones en servicios de urgencia, clínicas propias o de terceros, hospitales y en cualquier otro lugar destinado al ejercicio de la medicina; d) La realización de cualquier actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con la salud y la medicina, en forma directa o mediante convenios sean estos con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de la Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicio de Bienestar o de Organismos de la Administración del Estado, sea de la Administración Central, Regional, Municipal o Privado; e) La organización y participación en congresos, simposios y eventos relacionados con la medicina y servicios derivados de esta; f) La compra y venta de toda clase de materiales, equipos, insumos, y en general, instrumental médico; g) Invertir en compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de valores mobiliarios corporales o incorporales de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto comprar vender o conservar tales inversiones; Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros; así como toda clase de operaciones de naturaleza civil, mercantil y cualquier otra que se relacione en todo o en parte con el objeto enunciado h) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas; y en general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados y todos aquello que en el futuro los socios decidan. Duración será indefinida. Capital $2.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de única serie, ordinarias y sin derechos preferentes. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a don Gabriel Andrés Castro De Halleux y a doña Karina Andrea Espinoza Aravena, quienes podrán actuar conjunta o indistintamente con amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 08 de Abril de 2026.-