INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Repertorio
- 16723-2026
- Notario
- FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $23.055.004 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDF/16.723 FRANCISCO LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 27.02.2026, Repertorio N°16.723-2026, ante mi suplente Rodrigo Pinares Alvarado,doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 7.035.830-1, don CARLOS PUCCI DÍAZ, chileno, soltero, arquitecto, cédula de identidad número 17.086.812-9; doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, administradora de servicios, cédula de identidad número 16.212.543-5; don CARLOS ENRIQUE PUCCI LABATUT, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número 6.474.225-6, por sí, y en representación de don DOMINGO PUCCI DÍAZ, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 17.701.770-1, y, en representación de don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad número 18.753.246-9; y, en representación, de INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.259.435-8; todos con domicilio para estos efectos en Camino de la Oliva número 4.261, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, exponen: Que vienen en fusionar las sociedades denominadas INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA e INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA (ambas anteriores, en adelante “absorbidas”) en INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA (en adelante “absorbente”), de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes y a las declaraciones y estipulaciones siguientes: A. Antecedentes legales de “INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA”: Fue constituida por escritura pública de fecha 06.12.2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 91.550, número 64.498 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 y publicado en el Diario Oficial del día 28.12.2012. La sociedad ha sufrido una única modificación, siendo ella, la contenida en escritura pública de fecha 24.02.2026, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, cuyo extracto se encuentra en proceso de inscripción y publicación. La sociedad tiene un capital social de $23.055.004.-, siendo sus únicos y actuales socios: a) doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, con un 0,3% del capital y patrimonio social; b) don CARLOS ENRIQUE PUCCI LABATUT, con una 99,1% del capital y patrimonio social; c) don CARLOS PUCCI DÍAZ, con un 0,15% del capital y patrimonio social; d) don DOMINGO PUCCI DÍAZ, con un 0,15% del capital y patrimonio social; e) don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, con un 0,15% del capital y patrimonio social; y, f) doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, con un 0,15% del capital y patrimonio social. B. Antecedentes legales de “INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA”: Fue constituida por escritura pública de fecha 27.10.2022, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, cuyo extracto se inscribió a fojas 95.946, número 42.100 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022 y publicado en el Diario Oficial del día 26.11.2022. La sociedad no ha sufrido modificaciones. La sociedad tiene un capital social de USD$15.000.000.- de los cuales USD$4.780.092,25.- se encuentran pagados y USD$10.219.907,75.- se encuentran por pagar. Se deja constancia que en la escritura extractada, los socios acordaron disminuir el capital de USD$15.000.000.- a USD$4.780.092,25, quedando este distribuido entre los únicos y actuales socios de la siguiente forma: a) INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA, con el 99,99% en los derechos sociales y patrimonio social; y, b) don CARLOS ENRIQUE PUCCI LABATUT, con el 0,01% de participación en los derechos sociales y patrimonio social. C. Antecedentes legales de “INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA”: Fue constituida por escritura pública de fecha 13.12.2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 90.683, número 63.816 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 y publicado en el Diario Oficial del día 21.12.2012. La sociedad ha tenido diversas modificaciones, siendo la última de ellas, la contenida por escritura pública de fecha 24.02.2026, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, cuyo extracto se encuentra en proceso de inscripción y publicación. La sociedad tiene un capital de USD$1.094,4.- siendo sus únicos y actuales socios: a) doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, con un 25% del capital y patrimonio social; b) don CARLOS PUCCI DÍAZ, con un 25% del capital y patrimonio social; c) don DOMINGO PUCCI DÍAZ, con un 25% del capital y patrimonio social; d) don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, con un 25% del capital y patrimonio social. Los comparecientes, acuerdan fusionar las sociedades relacionadas antes individualizadas en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.255.399-6, a las sociedades INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.259.435-8 e INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.680.798-2, siendo la primera la continuadora legal de la segunda y de la tercera. Como consecuencia de las fusiones acordadas, se disuelven las sociedades absorbidas, esto es, INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA e INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA, sin que sea necesario proceder a su posterior liquidación, y sus patrimonios quedan radicados definitivamente, en la sociedad absorbente. Como consecuencia de lo anterior, se produce un aumento de capital en INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA, por la suma de USD$4.806.863,35, correspondiente al capital de INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA e INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA, según el tipo de cambio del dólar de Estados Unidos de América, a la presente fecha. Dado que la sociedad INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA participa de un 99,99% en INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA, siendo ésta la otra sociedad absorbida en la presente fusión, se produce una disminución de capital por la referida participación, equivalente a USD$4.778.592,25. En consecuencia, el capital de la sociedad continuadora queda en USD$29.365,50. En virtud de lo anterior, se modifica el estatuto de la sociedad absorbente INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA, en particular la cláusula QUINTO de los estatutos sociales, referido al capital, reemplazándose al efecto, por el siguiente tenor: “QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de veintinueve mil trescientos sesenta y cinco coma cincuenta dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente aportado y pagado con anterioridad a la presente fecha, distribuido de la siguiente forma: a) doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, con un cero coma veintiséis por ciento del capital y patrimonio social; don CARLOS ENRIQUE PUCCI LABATUT, con un ochenta y cuatro coma treinta por ciento del capital y patrimonio social: doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, con un tres coma ochenta y seis por ciento del capital y patrimonio social; b) don CARLOS PUCCI DÍAZ, con un tres coma ochenta y seis por ciento del capital y patrimonio social; c) don DOMINGO PUCCI DÍAZ, con un tres coma ochenta y seis por ciento del capital y patrimonio social; d) don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, con un tres coma ochenta y seis por ciento del capital y patrimonio social. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes”. Para todos los efectos tributarios y particularmente, para los fines señalados en el artículo 69 del Código Tributario, la sociedad absorbente que subsiste, esto es, INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA, se hace responsable de cualquier tributo que se adeudare por las sociedades absorbidas, esto es, por INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS SANTA LUCÍA LIMITADA e INVERSIONES SANTA GEMITA LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2026. F. LEIVA C. N.P.