Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2026
- Repertorio
- 777-2026
- Notario
- HUGO PATRICIO MONROY FOIX
- Domicilio
- Quillota
- Comuna
- Fischer de Viña del Mar con
Sociedad
- Capital
- $152.138.372 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de La Cruz
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad a será: a) adquirir, administrar, arrendar, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; b) la construcción por cuenta propia o ajena de todo o parte de casas, edificios y otros, condominios, urbanización de predios, corretaje de propiedades; c) desarrollar actividades de asesoría, investigación y capacitación en cualquier área
Administración
La sociedad será administrada y representada legalmente de forma conjunta por dos personas, siendo designados en este acto don JOSÉ LUIS IGNACIO PANIAGUA MORALES y por doña DORCA MAGDALENA DÍAZ GODOY, ambos ya individualizados, quienes deberán actuar conjuntamente, anteponiendo a sus firmas la razón social, la que podrán usar de la misma manera, ejerciendo el respectivo cargo con las más amplias facultades legales y su duración es indefinida, sin perjuicio del derecho de cada uno de renunciar o de la junta de accionistas de removerles del cargo. Cada uno de ellos podrá utilizar indistintamente la denominación de administrador y)o representante legal y)o gerente de la sociedad. La designación y revocación en el cargo de cada uno de ellos es, en lo sucesivo, facultad de la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUGO PATRICIO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público Quillota, O´Higgins Nº414, certifico: por escritura de hoy ante mí, Repertorio N° 777-2026, don JOSÉ LUIS IGNACIO PANIAGUA MORALES, chileno, casado con separación total de bienes, arquitecto, cédula de identidad número quince millones setecientos diecinueve mil seiscientos cincuenta y cinco guión tres, domiciliado en Arturo Merino Benítez número treinta, departamento setenta y ocho, Edificio Manquehue, comuna de Quillota, Región de Valparaíso y doña DORCA MAGDALENA DÍAZ GODOY, chilena, casada con separación total de bienes, fonoaudióloga, cédula de identidad número catorce millones doscientos trece mil cuatrocientos cincuenta y ocho guión seis, domiciliada en calle Galvarino número doscientos, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso,, constituyeron Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA DIPA SpA”, la que en todo caso podrá usar el nombre de fantasía “DIPA SpA”, la que se regirá con arreglo a las disposiciones de estos Estatutos y conforme a las normas contenidas en los artículos trescientos cuarenta y ocho y siguientes del Código de Comercio según texto fijado por la Ley veinte mil ciento noventa; en el silencio de estas, tendrán aplicación en cuanto fueren pertinentes y concordantes con la naturaleza de la sociedad y su objeto, las normas de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento, y en su caso, las normasdel Código de Comercio y del Código Civil. OBJETO: El objeto de la sociedad a será: a) adquirir, administrar, arrendar, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, directamente o por terceros; b) la construcción por cuenta propia o ajena de todo o parte de casas, edificios y otros, condominios, urbanización de predios, corretaje de propiedades; c) desarrollar actividades de asesoría, investigación y capacitación en cualquier área.. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada legalmente de forma conjunta por dos personas, siendo designados en este acto don JOSÉ LUIS IGNACIO PANIAGUA MORALES y por doña DORCA MAGDALENA DÍAZ GODOY, ambos ya individualizados, quienes deberán actuar conjuntamente, anteponiendo a sus firmas la razón social, la que podrán usar de la misma manera, ejerciendo el respectivo cargo con las más amplias facultades legales y su duración es indefinida, sin perjuicio del derecho de cada uno de renunciar o de la junta de accionistas de removerles del cargo. Cada uno de ellos podrá utilizar indistintamente la denominación de administrador y/o representante legal y/o gerente de la sociedad. La designación y revocación en el cargo de cada uno de ellos es, en lo sucesivo, facultad de la junta de accionistas. CAPITAL: El capital de la sociedad es de 320 millones de pesos dividido en 32 acciones sin valor nominal distribuido de la siguiente forma: I.- El socio don JOSÉ LUIS IGNACIO PANIAGUA MORALES suscribe y paga 30 acciones equivalentes a la suma de 300 millones de pesos en razón de que los comparecientes acuerdan dar a cada una de las acciones el valor de diez millones. El capital que aporta el referido socio se entera en este acto mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes inmuebles de propiedad de don JOSÉ LUIS IGNACIO PANIAGUA MORALES: a) Inmueble ubicado en calle Galvarino número doscientos, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso, compuesto por el Lote uno del plano archivado bajo el número mil seiscientos cincuenta y nueve del Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Adquirió dicha propiedad por compraventa que le hizo KUPAL S.A. Así consta en escritura pública de compraventa otorgada en la Notaría Fischer de Viña del Mar con fecha trece de abril de dos mil diecisiete, repertorio número cinco mil seiscientos ochenta y tres guión dos mil diecisiete. El título de dominio se inscribió a nombre del aportante a fojas dos mil trescientos ochenta y ocho número mil seiscientos setenta y siete del Registro de Propiedad del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Rol de avalúo fiscal número veintiocho guión nueve de la comuna de La Cruz. Los deslindes del inmueble según Minuta de Subdivisión archivada bajo el número mil seiscientos cincuenta y seis del Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Quillota son: NORTE: con lote tres en ochenta y siete coma noventa y ocho metros, y con sitio rol veintiocho guión cero cuatro en setenta y ocho coma dos metros; SUR: con calle Galvarino en ciento setenta y cuatro coma un metros, y con lote dos en tres coma dos metros; PONIENTE: con calle Independencia en once coma treinta y siete metros, y con lote tres en cuarenta y dos coma ochenta y un metros; ORIENTE: con lote dos en diecisiete coma cuatro metros, y con lote dos en diecinueve coma noventa y nueve metros. El avalúo fiscal del inmueble, Rol 00028-00009 alcanza a la suma de $152.138.372.- b) Inmueble ubicado en calle Independencia sesenta, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso, compuesto por el Lote tres del plano archivado bajo el número mil seiscientos cincuenta y nueve del Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Adquirió dicha propiedad por compraventa que le hizo KUPAL S.A. Así consta en escritura pública de compraventa otorgada en la Notaría Fischer de Viña del Mar con fecha trece de abril de dos mil diecisiete, repertorio número cinco mil seiscientos ochenta y tres guión dos mil diecisiete. Inscrito a nombre del aportante a fojas dos mil trescientos ochenta y ocho número mil seiscientos setenta y siete del Registro de Propiedad del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Rol de avalúo fiscal número veintiocho guión trece de la comuna de La Cruz. Los deslindes del inmueble según Minuta de Subdivisión archivada bajo el número mil seiscientos cincuenta y seis del Registro de Documentos de Propiedad del año dos mil veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Quillota son: NORTE: con sitio rol veintiocho guión cero cuatro en sesenta y nueve coma dos metros; SUR: con lote uno en ochenta y siete coma noventa y ocho metros; PONIENTE: con calle Independencia en sesenta y dos coma cero tres metros; ORIENTE: con lote uno en cuarenta y dos coma ochenta y un metros. El avalúo fiscal del inmueble, Rol 00028-00013 alcanza a la suma de $135.666.753. Las partes valoran o avalúan de común acuerdo cada uno de los inmuebles en la suma de ciento cincuenta millones de pesos, de conformidad al artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio. 2.- La socia doña DORCA MAGDALENA DÍAZ GODOY suscribe y paga 2 acciones equivalentes a la suma de 20 millones de pesos en razón que los comparecientes acuerdan dar a cada una de las acciones el valor de diez millones de pesos. El capital de la sociedad queda así enterado. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de La Cruz, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el país o en el extranjero. DURACIÓN: Su duración será indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Quillota 17 de Abril de 2026.