Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2026
- Repertorio
- 922/2026
- Notario
- Rodrigo Domínguez Jara
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad Curicó
Objeto social
a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, comercializar, arrendar, subarrendar, transformar y explotar bienes inmuebles, urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título, como además el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de dichos bienes ya sean rurales o urbanos, por cuenta propia o ajena; b) El corretaje y la inversión con fines rentísticos, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, como además, los procedimientos de tasación y valorización de inmuebles; c) El desarrollo de cualquiera actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios, como además, la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; d) La prestación de servicios de asesoría en la adquisición de inmuebles destinados a la construcción de viviendas, o para la adquisición de viviendas nuevas o usadas, tanto en la identificación como selección de las mejores opciones de compra según las potencialidades propias de acuerdo a los valores que se manejan en el mercado; e) La prestación de todo tipo de servicios profesionales en la asesoría, tramitación, reparación, remodelación, ampliación, transformación, construcción y ejecución de obras menores, por cuenta propia o por cuenta de otras empresas o sociedades que tengan el mismo fin o de personas naturales o instituciones de cualquiera naturaleza; y en general, cualquier otra actividad que acuerden los socios en la actualidad o en el futuro y que se relacione con esta actividad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Público Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 18 Abril 2026, Repertorio Nº922/2026, comparecieron don PEDRO PABLO REVILLA MUÑOZ, y doña MARIA JESUS REVILLA MUÑOZ, ambos Pasaje Tres Violetas N°0231, comuna y provincia Curicó, y declaran que vienen en constituir una SOCIEDAD por ACCIONES. Nombre, “SOCIEDAD DE INVERSIONES REMU SpA.- Nombre de fantasía, “INVERSIONES REMU SpA”.- Domicilio: ciudad Curicó, sin perjuicio domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan país o extranjero. Objeto: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, comercializar, arrendar, subarrendar, transformar y explotar bienes inmuebles, urbanos o rurales, en cualquier forma y a cualquier título, como además el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de dichos bienes ya sean rurales o urbanos, por cuenta propia o ajena; b) El corretaje y la inversión con fines rentísticos, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, como además, los procedimientos de tasación y valorización de inmuebles; c) El desarrollo de cualquiera actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios, como además, la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones; d) La prestación de servicios de asesoría en la adquisición de inmuebles destinados a la construcción de viviendas, o para la adquisición de viviendas nuevas o usadas, tanto en la identificación como selección de las mejores opciones de compra según las potencialidades propias de acuerdo a los valores que se manejan en el mercado; e) La prestación de todo tipo de servicios profesionales en la asesoría, tramitación, reparación, remodelación, ampliación, transformación, construcción y ejecución de obras menores, por cuenta propia o por cuenta de otras empresas o sociedades que tengan el mismo fin o de personas naturales o instituciones de cualquiera naturaleza; y en general, cualquier otra actividad que acuerden los socios en la actualidad o en el futuro y que se relacione con esta actividad.- Capital: $20.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan así: Don PEDRO PABLO REVILLA MUÑOZ, suscribe la cantidad de 1.000 acciones a un valor de $10.000 cada acción, esto es un total de $10.000.000, al contado y en dinero efectivo.- Doña MARIA JESUS REVILLA MUÑOZ, suscribe la cantidad de 1.000 acciones a un valor de $10.000 cada acción, esto es un total de $10.000.000, al contado y en dinero efectivo.- Administración provisoria: Los accionistas, con el objeto de poner en marcha la empresa y mientras no se haga la designación a que se refiere el artículo décimo primero del presente estatuto, y sin que forme parte del estatuto social, se designa como Gerente General a sus administradores don PEDRO PABLO REVILLA MUÑOZ y doña MARIA JESUS REVILLA MUÑOZ, quienes podrán actuar conjunta o separada indistintamente, para que, actuando y anteponiendo a su firma el nombre social, puedan ejecutar los actos y contratos. Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 22 Abril 2026.