Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2026
- Repertorio
- 1007/2026
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $766.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados; 4)
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto la inversión y obtención de rentas o frutos civiles provenientes de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y)o participación en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en general aquellos que sean requeridos para el cumplimiento del objeto referido.; 5)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de abril de 2026, Repertorio nº1007/2026, ante mí: Nicole Pauline Harvey Braun, constituyó una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1) Accionistas: Nicole Pauline Harvey Braun. 2) Razón Social: OMA SpA; 3) Domicilio: Puerto Varas, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados; 4) Objeto: La Sociedad tiene por objeto la inversión y obtención de rentas o frutos civiles provenientes de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios. Para el cumplimiento de este objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones y en general aquellos que sean requeridos para el cumplimiento del objeto referido.; 5) Capital: La cantidad de $766.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 22 de abril de 2026.