CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Vera SpA

CVE 2802056
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2026
Repertorio
1563-2026
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 20.190

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino de la 40ª Notaría de Santiago, con domicilio en Teatinos 332, certifica: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10 de abril de 2026, Repertorio 1.563-2026, doña LETICIA VERÓNICA LÓPEZ GONZÁLEZ, domiciliada en Viña del Mar, convirtió su empresa individual en una sociedad por acciones conforme a la Ley N° 20.190 y al Código de Comercio. El nombre de la sociedad es INVERSIONES VERA SpA, pudiendo usar la abreviatura VERA SpA. El domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en el país o en el extranjero. La sociedad tiene duración indefinida. El objeto de la sociedad es la realización toda clase de inversiones; giro de fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares. En especial, la sociedad podrá invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; adquirir, enajenar, poseer, administrar y explotar acciones, derechos sociales, bonos, debentures, cuotas de fondos de inversión, instrumentos financieros y valores mobiliarios de cualquier naturaleza; participar en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones, cualquiera sea su naturaleza jurídica, ya sea constituyéndolas o adquiriendo derechos en ellas; efectuar inversiones en bienes raíces urbanos o rurales, su compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación por cuenta propia o ajena; otorgar y recibir préstamos, con o sin garantías; celebrar toda clase de actos y contratos civiles o comerciales relacionados directa o indirectamente con su objeto principal; y, en general, realizar cualquier actividad o negocio que los accionistas acuerden y que sea lícito conforme a la legislación vigente. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por la accionista mediante el aporte del patrimonio empresarial proveniente de su empresa individual, según balance al 31 de diciembre de 2025. La sociedad se hace solidariamente responsable de los impuestos adeudados por la empresa individual y se entenderá continuadora para todos los efectos legales, civiles, comerciales y tributarios del giro desarrollado por ésta. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña Leticia Verónica López González, con amplias facultades. Las controversias serán resueltas mediante arbitraje mixto. Se facultó al portador de copia autorizada del extracto para efectuar las inscripciones y publicaciones legales. Demas estipulaciones consta en escritura extractada. Santiago, 21 de abril 2026.