CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Cerro Tinto SpA

CVE 2802069
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
2 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de marzo de 2026
Repertorio
4921-2026
Notario
Abogado
Oficio
Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$400.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en esta ciudad, calle Miraflores N°222, piso 11, certifico, que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 2 de marzo de 2026, Repertorio N°4921-2026: doña Juana Lorena Oyarzún Leiva constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan: Nombre: “Inversiones Cerro Tinto SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (i) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, como derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (ii) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, nacionales o extranjeras, de cualquier tipo o naturaleza jurídica, modificarlas, y asumir la administración de las mismas, cualquiera que sea su giro; (iii) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y (iv) en general, se entienden comprendidos dentro del giro, la celebración de todos contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $400.000.000 dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas por doña Juana Lorena Oyarzún Leiva. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 20 de abril de 2026.