MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria e Inversiones Las Astas SpA

RUT 76263625-5 CVE 2802797
Capital
$29.369.707 CLP
Fecha instrumento
7 de abril de 2026
Notaría
Independencia

Instrumento

Fecha
7 de abril de 2026
Repertorio
1273-2026
Notario
Alejandro Javier Guerra Pinto
Oficio
1ª Notaría de Independencia
Comuna
Independencia

Sociedad

Capital
$29.369.707 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Javier Guerra Pinto, Abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría de Independencia, con domicilio en Avenida Independencia N°873, comuna de Independencia, Santiago, Región Metropolitana, certifico que: por medio de escritura pública de fecha 7 de abril de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio 1.273-2026, don Diego Alonso García Pujol, en representación de don Eduardo Pérez Marchant y de doña Guilda Catalina Maggi Toso, únicos accionistas de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Las Astas SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 50.585, número 35.443 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, aclaró, rectificó y saneó la escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio 4.169-2025 (la “Escritura”), cuyo extracto fue inscrito a fojas 7.707 número 3.129 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2026 (en adelante el “Extracto”). En la Escritura se incurrió en el vicio formal de carácter esencial consistente en: (i) Señalar erróneamente en la Escritura el monto al que ascendía el capital de la Sociedad posterior al aumento de capital, debiendo indicar que ascendía a la suma de $29.369.707, lo que sí se refleja correctamente en el Extracto; y, (ii) En razón de lo anterior, se aclara, rectifica y sanea el tenor del Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio contenidos en la Escritura, reemplazando sus textos por los siguientes nuevos: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de veintinueve millones trescientos sesenta y nueve mil setecientos siete pesos, dividido en un millón setecientos cincuenta mil cuatrocientas ochenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero o en otros bienes. Una sola persona podrá poseer el total de las acciones emitidas por la Sociedad”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de veintinueve millones trescientos sesenta y nueve mil setecientos siete pesos, dividido en un millón setecientos cincuenta mil cuatrocientas ochenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, cuya titularidad corresponde a los accionistas de conformidad a los términos siguientes: /a/ Eduardo Pérez Marchant, titular de un millón setecientas cincuenta mil cuatrocientas sesenta y una acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales: i) cuatrocientas sesenta y un acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de cuatro millones seiscientos doce mil ochocientos pesos, pagados con anterioridad a esta fecha, y; ii) un millón setecientas cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de veinticuatro millones quinientos catorce mil ciento veintisiete pesos, mediante el aporte en dominio de la totalidad de las acciones de las que es titular en INVERSIONES Y SERVICIOS PEMAR SpA, esto es, ciento ocho mil diez acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Dicha sociedad se constituyó como una sociedad de responsabilidad limitada mediante escritura pública de fecha tres de diciembre de dos mil nueve, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto fue inscrito a fojas sesenta mil seiscientos doce número cuarenta y dos mil trescientos setenta y nueve en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil nueve y publicado en el Diario Oficial con fecha catorce de diciembre del mismo año. Se deja constancia que las acciones se valorizan para efectos del aporte en veinticuatro millones quinientos catorce mil ciento veintisiete pesos, según el valor tributario de dichas acciones, entendiéndose por tal, el costo de adquisición corregido en conformidad a lo establecido en la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente, lo cual no implica flujos de dinero para la aportante. El aporte se realiza dentro de un proceso de reorganización empresarial amparado en lo establecido en el artículo sesenta y cuatro incisos décimo a décimo cuarto del Código Tributario y jurisprudencia administrativa del Servicio de Impuestos Internos en lo referente a la legítima razón de negocios al decidir reorganizar su patrimonio mediante la canalización de las inversiones presentes y futuras en una única sociedad, permitiendo centralizar la gestión de activos, optimizar la administración financiera y facilitar la reinversión de los rendimientos que de ellas provengan. Por lo anterior, EDUARDO PÉREZ MARCHANT, declara que las acciones de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS PEMAR SpA han sido aportadas con todas sus calidades y vicios, no asumiendo ninguna responsabilidad el aportante, salvo la indemnización de perjuicios en caso de evicción. Se deja constancia que el aporte de acciones se materializará al momento de registrar dichas acciones a nombre de la Sociedad en el Registro de Accionistas correspondiente, dentro del plazo de noventa días contado desde la fecha de esta escritura y; /b/ Gilda Catalina Maggi Tosso, titular de veinticuatro acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, por la suma de doscientos cuarenta y dos mil setecientos ochenta pesos, pagados con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2026.