Agrícola Amap - Sol Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2026
- Notario
- María Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $250.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, domiciliada en Isidora Goyenechea número 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada el 07-04-2026, ante mí, don Ludwig Max Paul Vetter Hübel, domiciliado en Av. Camino El Alba 11.378, Las Condes; don Arnoldo Alejandro Macaya Pivet, domiciliado en Camino San Antonio 110, dpto. 704, Las Condes; don Héctor Rodrigo Macaya Pivet, domiciliado Camino San Francisco de Asís 1.180, dpto. 542 E, Las Condes; doña Claudia Ester Macaya Pivet, domiciliada en Avenida La Plaza 560, casa 18, Las Condes; y doña Paula Adriana Macaya Pivet, domiciliada en Avenida la Plaza 560, casa 15, Las Condes; todos por sí, y además los cuatro últimos actuando conjuntamente como únicos miembros de la sucesión quedada al fallecimiento de don Héctor Arnoldo Macaya Montero; modificaron la sociedad denominada Agrícola Amap - Sol Limitada, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 24.876, número 14.422 del año 1987, como sigue: A) El 19 de febrero de 2025, falleció el socio don Héctor Arnoldo Macaya Montero, quedando como sus únicos herederos don Arnoldo Alejandro Macaya Pivet, don Héctor Rodrigo Macaya Pivet, doña Claudia Ester Macaya Pivet y doña Paula Adriana Macaya Pivet. La posesión efectiva de los bienes sucesorios fue concedida por resolución exenta número 100.941 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región Metropolitana, de fecha 17 de noviembre de 2025. Luego, por escritura pública otorgada el 07 de abril de 2026 en esta notaría, se efectuó la partición de dicha herencia asignándose los derechos que al causante correspondían sobre el capital de la sociedad a sus herederos en la siguiente forma: a) a don Arnoldo Alejandro Macaya Pivet, derechos representados por una cuota $250.000; b) a don Héctor Rodrigo Macaya Pivet, derechos representados por una cuota $250.000; c) a doña Claudia Ester Macaya Pivet, derechos representados por una cuota $250.000; y d) a doña Paula Adriana Macaya Pivet, derechos representados por una cuota $250.000. B) Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en la compañía en dinero efectivo y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) don Ludwig Vetter Hübel, $1.000.000; b) don Arnoldo Alejandro Macaya Pivet, $250.000; c) don Héctor Rodrigo Macaya Pivet, $250.000; d) doña Claudia Ester Macaya Pivet, $250.000; y, e) doña Paula Adriana Macaya Pivet, $250.000”. Santiago, 13 de abril de 2026.