Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2026
- Repertorio
- 440-2026
- Notario
- BORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: A) Realizar actividades de consultoría de gestión; asesoría y gestión en la compra o venta de pequeñas y medianas empresas; y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P. B) La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio, cuotas o derechos en cualquier clase de sociedades o comunidades, por cuenta propia o de terceros, incluyendo la administración, representación e inversión en sociedades, pudiendo percibir sus frutos. C) Todo acto relacionado con lo anterior que los accionistas acuerden, como asimismo la realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las anteriores, sin perjuicio de desarrollar sin limitaciones, cualquier otra actividad industrial o comercial lícita
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBORIS ALEJANDRO ARAVENA ESTOBAR, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la Comuna de San Joaquín, de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna N°3125, Comuna de San Joaquín, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de abril del 2026, repertorio N° 440-2026, ante mí: don FREDDY NORMAN VEGA BARRERA y doña YENNY VERONICA NIEVES CASTILLO, constituyeron una Sociedad por Acciones, cuyo extracto es el siguiente: Razón Social: INVERSIONES TEKEN SpA.- Objeto: El objeto de la sociedad es: A) Realizar actividades de consultoría de gestión; asesoría y gestión en la compra o venta de pequeñas y medianas empresas; y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas N.C.P. B) La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio, cuotas o derechos en cualquier clase de sociedades o comunidades, por cuenta propia o de terceros, incluyendo la administración, representación e inversión en sociedades, pudiendo percibir sus frutos. C) Todo acto relacionado con lo anterior que los accionistas acuerden, como asimismo la realización de cualquier otra actividad complementaria o conexa con las anteriores, sin perjuicio de desarrollar sin limitaciones, cualquier otra actividad industrial o comercial lícita. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. San Joaquín, 21 de abril de 2026.