MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AS ASESORÍAS TÉCNICAS LIMITADA

RUT 78338991-6 CVE 2801445
Fecha instrumento
6 de abril de 2026

Instrumento

Fecha
6 de abril de 2026
Repertorio
644
Notario
CRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI
Domicilio
Quilpué

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, Notario Público Quilpué, Balmaceda 280 Local Dos Edificio Balmaceda Quilpué, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de abril de 2026, repertorio 644, ante mí, doña CYNTHIA CARMIN JULIANNA ARANCIBIA ANDUNCE, cédula de identidad número diecisiete millones ciento cuarenta y un mil doscientos cuarenta y cuatro guion siete,; y doña PAULA ANDREA SOLÍS JOHNSON, cédula de identidad número dieciséis millones ciento cuarenta y un mil setecientos noventa guion cuatro, únicas socias de la sociedad de responsabilidad limitada denominada "AS ASESORÍAS TÉCNICAS LIMITADA", RUT número setenta y ocho millones trescientos treinta y ocho mil novecientos noventa y uno guion seis, con domicilio en la comuna de Quilpué, acordaron modificar sus estatutos sociales en los términos que a continuación se indica. La referida sociedad fue constituida con fecha veinte de enero de dos mil veintiséis, inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades bajo la Ley número veinte mil seiscientos cincuenta y nueve, y con fecha ocho de febrero de dos mil veintiséis migró al régimen general de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, inscribiéndose en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué, a fojas dieciocho vuelta, número quince, del año dos mil veintiséis. Las socias comparecientes declaran que el capital social de un millón de pesos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado, correspondiendo a doña Cynthia Carmin Julianna Arancibia Andunce la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, y a doña Paula Andrea Solís Johnson la suma de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento restante, ambos aportes realizados en efectivo. Las socias se otorgan recíproco y total finiquito por concepto de entero y pago del capital social. Por la escritura de modificación referida, las socias sustituyeron íntegramente la cláusula séptima de los estatutos sociales, relativa a la administración y uso de la razón social, en los siguientes términos: la administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambas socias, doña Cynthia Carmin Julianna Arancibia Andunce y doña Paula Andrea Solís Johnson, quienes podrán actuar ya sea de manera conjunta, separada e indistintamente, con plenas facultades para obligar y representar a la sociedad, sin limitación de ningún tipo, pudiendo actuar inclusive ante el Servicio de Impuestos Internos e instituciones bancarias y financieras. Las demás cláusulas de los estatutos sociales que no fueron objeto de modificación se mantienen plenamente vigentes y sin alteración alguna. Se faculta al portador de copia autorizada del presente extracto para requerir las inscripciones y anotaciones que correspondan en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué y su publicación en el Diario Oficial dentro del plazo legal.- Quilpué, a 10 de abril de 2026.