INVERSIONES E INMOBILIARIA DOBERTI ANSELMI SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2026
- Repertorio
- 1439/2026
- Notario
- PEDRO HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $640.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO HIDALGO SARZOSA, abogado, Notario Público Interino de la segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle Castellón número 116, comuna de Concepción, certifico: por escritura pública de fecha 14 de abril de 2026, ante mí, Repertorio N°1439/2026, ALEJANDRA DEL CARMEN ANSELMI MÉNDEZ, MARÍA ANGÉLICA DOBERTI ANSELMI por si y en representación de ALEJANDRA CAROLINA DOBERTI ANSELMI, todas domiciliadas en calle Cochrane N°1363, comuna Concepción; constituyeron una sociedad por acciones bajo el nombre de “INVERSIONES E INMOBILIARIA DOBERTI ANSELMI SpA”. El domicilio de la Sociedad será la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Su duración es indefinida. La sociedad tendrá por objeto todo tipo de actividades de inversión, entre ellas: a) Inversiones mobiliarias: la inversión en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, efectos de comercio y valores mobiliarios en general. La sociedad podrá administrar estas inversiones, percibir sus frutos y disponer de ellas a cualquier título. b) Inversiones inmobiliarias: la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento (con o sin muebles), subarrendamiento, administración y explotación, bajo cualquier forma, de bienes raíces, sean estos rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros. Asimismo, se incluye la inversión en proyectos inmobiliarios, loteos y urbanizaciones. c) Asesorías y Gestión: la prestación de servicios de asesoría y consultoría en materias financieras, de inversión, de gestión de activos y de negocios en general, así como la representación de inversionistas nacionales o extranjeros. d) Actividades complementarias: la ejecución de cualquier otro acto o contrato que los accionistas acuerden y que sea conducente o necesario para el cumplimiento de los fines sociales, pudiendo formar parte de otras sociedades, de cualquier naturaleza, sea como socia, accionista o administradora. La sociedad podrá ejecutar su giro por sí misma, a través de su o sus socios, por medio de mandatarios, o mediante su participación en otras sociedades, asociaciones o entidades, sean estas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras. Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades que determine su o sus administradores, dentro del marco legal y reglamentario vigente. El capital de la Sociedad es la suma de $640.000.000, divididos en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la siguiente forma y proporción: a) Alejandra del Carmen Anselmi Méndez, suscribe 5000 acciones con la suma total de $320.000.000, que paga mediante el aporte en dominio de los siguientes inmuebles: i) propiedad inscrita a fojas 1886 vuelta N°1871 del año 1988 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, y cuyo rol de avalúo es el N°971-56 de la comuna de Talca; ii) lote inscrito a fojas 10.756 vuelta N°6489 del año 1993 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, cuyo rol de avalúo es el N°7023-10 de la comuna de Concepción; b) Alejandra Carolina Doberti Anselmi, suscribe 2500 acciones con la suma total de $160.000.000, pagando en el acto $5.056.000 por 79 acciones, mientras que los restantes $154.944.000 por las 2421 que quedan por pagar en un plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura; c) María Angelica Doberti Anselmi, suscribe 2500 acciones con la suma total de $160.000.000, pagando en el acto $5.056.000 por 79 acciones, mientras que los restantes $154.944.000 por las 2421 que quedan por pagar en un plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura Administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ALEJANDRA DEL CARMEN ANSELMI MÉNDEZ, MARÍA ANGÉLICA DOBERTI ANSELMI y ALEJANDRA CAROLINA DOBERTI ANSELMI quienes sin limitación actuarán con las facultades del artículo octavo de los estatutos. Demás disposiciones constan en escritura que se extracta. Concepción, 20 de abril de 2026.