CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA JING HANG LIMITADA

CVE 2800525
Fecha instrumento
25 de marzo de 2026
Notaría
Iquique
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2026
Repertorio
1064
Notario
DARÍO EMIGDIO CHACÓN VICENTELO
Oficio
Quinta Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la importación, exportación, reexpedición, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles, artículos para el hogar, electrodomésticos, juguetes, cobertores, sabanas, manteles, cortinas, utensilios de cocina, decoración del hogar, artículos de belleza y cuidado personal, electrodomésticos, productos textiles, ropa de vestir y ropa interior, artículos de aseo y en general toda clase de bienes y mercaderías relacionados con lo anterior y)o cualquier otra clase de bienes que los socios unánimemente acuerden desarrollar, ya sea a través del sistema de Zona Franca de Iquique o Punta Arenas o de Régimen General Aduanero. Además se podrá fabricar, producir o manufacturar toda clase de productos, prestar servicios de toda clase, además de realizar toda forma de actividad económica licita que estimen convenientes para los interés sociales y sin limitaciones de ninguna especie, sin que la enumeración anterior tenga el carácter de taxativa.- El capital de la Sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: que los socios aportan de la siguiente manera: a) El socio don WANG YU, aporta la suma de doscientos mil pesos, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al dos por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales; y b) El socio don LI JINGANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales y don LOU SHUILIANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social la que se entera en las arcas sociales.- La administración y uso de la razón social corresponderá a don WANG YU

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DARÍO EMIGDIO CHACÓN VICENTELO, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Iquique, con oficio en calle Baquedano N°702: Que por Escritura Pública de de fecha 25-03-2026, repertorio N° 1064, ante mí: don WANG YU, chileno, soltero, factor comercio, cédula de identidad para número catorce millones setecientos nueve mil ochocientos ochenta y dos guion cero; don LI JINGANG, chino, casado en el extranjero y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación chilena y no habiendo sido inscrito el mismo en la primera circunscripción de Santiago, se entiende separado totalmente de bienes, según el artículo ciento treinta y cinco inciso tercero del Código Civil, factor comercio, cedula de identidad para extranjeros número veintinueve millones doscientos veintiséis mil seiscientos noventa y ocho guion siete, pasaporte de la República de China número EP nueve siete cuatro cinco cuatro tres cuatro, y don LOU SHUILIANG, chino, casado en el extranjero y de acuerdo a lo dispuesto en la legislación chilena y no habiendo sido inscrito el mismo en la primera circunscripción de Santiago, se entiende separado totalmente de bienes, según el artículo ciento treinta y cinco inciso tercero del Código Civil, factor comercio, cedula de identidad para extranjeros número veintinueve millones doscientos veintiséis mil setecientos veinticinco guion ocho, pasaporte de la República de China número E nueve seis cuatro cero dos cuatro seis seis, todos domiciliados en avenida Ramon Perez Opazo número tres mil ciento treinta, de la comuna de Alto Hospicio y de paso por esta; Constituyeron la IMPORTADORA Y EXPORTADORA JING HANG LIMITADA. No obstante, en sus relaciones con terceros, incluidos Bancos Comerciales, Banco Estado, Banco Central de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Servicio Nacional de Aduanas y Servicio de Tesorería General de la Republica y, para efectos publicitarios, de fantasía y otros, podrá actuar con el nombre de fantasía IMPORT Y EXPORT JING HANG LTDA.- Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida.- Objeto social. El objeto de la Sociedad será la importación, exportación, reexpedición, representación, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes muebles, artículos para el hogar, electrodomésticos, juguetes, cobertores, sabanas, manteles, cortinas, utensilios de cocina, decoración del hogar, artículos de belleza y cuidado personal, electrodomésticos, productos textiles, ropa de vestir y ropa interior, artículos de aseo y en general toda clase de bienes y mercaderías relacionados con lo anterior y/o cualquier otra clase de bienes que los socios unánimemente acuerden desarrollar, ya sea a través del sistema de Zona Franca de Iquique o Punta Arenas o de Régimen General Aduanero. Además se podrá fabricar, producir o manufacturar toda clase de productos, prestar servicios de toda clase, además de realizar toda forma de actividad económica licita que estimen convenientes para los interés sociales y sin limitaciones de ninguna especie, sin que la enumeración anterior tenga el carácter de taxativa.- El capital de la Sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: que los socios aportan de la siguiente manera: a) El socio don WANG YU, aporta la suma de doscientos mil pesos, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al dos por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales; y b) El socio don LI JINGANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales y don LOU SHUILIANG, aporta la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social, la que se entera en las arcas sociales, en dinero efectivo y de circulación nacional, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento del capital social la que se entera en las arcas sociales.- La administración y uso de la razón social corresponderá a don WANG YU.- Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 14 de abril de 2026.