SOCIEDAD CENTAURO SOCIEDAD POR ACCIONES
Instrumento
- Fecha
- 13 de abril de 2026
- Notario
- CARLA SILVA ACHARAN
- Oficio
- Sexta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la comuna de Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios inherentes a seguridad privada. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerde el
Administración
Demás estipulaciones escritura extractada. Machalí, 17 de abril de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Rancagua, calle Las Rosas número cinco, local seis, Machalí, certifica: Por escritura pública de 13 de abril de 2026, Repertorio número 1060-2026, ante mí, comparecen Doña FERNANDO IGNACIO ARANCIBIA CATALAN, chileno, soltero, egresado de derecho, Rut: 20.008.831-K, domiciliado en Avda Nueva Einstein 290 oficina 1214, comuna de Rancagua de paso por esta; el compareciente mayor de edad, Sexta Región, constituyó una sociedad por acciones regida por los estatutos que se indican a continuación y supletoriamente de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Cuya razón social es “SOCIEDAD CENTAURO Sociedad por Acciones” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “CENTAURO S.p.A.”. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios inherentes a seguridad privada. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerde el socio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. DOMICILIO: Su domicilio será la comuna de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en cualquiera parte del país o en el extranjero. CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000), divididos en quinientas acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio. Las acciones suscritas y no pagadas, cualquiera sea su serie, darán derecho a sus titulares a recibir dividendos y participar en los beneficios sociales de igual manera que los titulares de las acciones pagadas. Esto es, Don FERNANDO IGNACIO ARANCIBIA CATALAN, suscribe en este acto quinientas acciones de la sociedad, que pagará dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en moneda de curso legal o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad, todos los cuales salvo acuerdo unánime de las acciones emitidas, deberán ser avaluados y estimados por peritos y aprobados por Junta de Accionistas, según lo dispone el artículo quince inciso final de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, dentro de un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha, más el reajuste que prescribe el artículo dieciséis de la Ley Número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN y uso del nombre de la empresa, corresponde a doña FERNANDO IGNACIO ARANCIBIA CATALAN, con amplias facultades administración. Demás estipulaciones escritura extractada. Machalí, 17 de abril de 2026.