MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Cyclea SpA

RUT 78231883-7 CVE 2800083
Capital
$50.757 CLP
Fecha instrumento
6 de marzo de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
6 de marzo de 2026
Repertorio
18538-2026
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
1° Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$50.757 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
RODRIGO FRANCISCO JOSÉ VALENZUELA GONZÁLEZ socio 13990743-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público, Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública otorgada el 6 de marzo de 2026, repertorio N°18.538-2026 ante el Notario Público Suplente de esta misma Notaría, don Gonzalo Prieto Magnolfi, RODRIGO FRANCISCO JOSÉ VALENZUELA GONZÁLEZ, CNI N°13.990.743-4, en su calidad de empresario individual, domiciliado para estos efectos en Avenida Alejandro Fleming N°9.840, casa M Prima Dos, comuna de Las Condes, en su calidad de único y actual accionista según registro de accionistas tenido a la vista, de “INVERSIONES CYCLEA SpA”, RUT N°78.231.883-7, en adelante, la “Sociedad”. El compareciente vino en rectificar la escritura pública de constitución de la Sociedad suscrita el 7 de noviembre de 2025 en la Notaría de Santiago de Antonieta Mendoza Escalas, en adelante, la “Escritura de Constitución”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 107.832 número 40.217 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2025. En ese sentido, por esta escritura, el compareciente rectificó un error involuntario de los estatutos de la Sociedad contenido en el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de la Escritura de Constitución, siendo materia de extracto lo siguiente: Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $50.757.491 dividido en 1.000 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito enterado y pagado en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2026.