MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSORCIO CONSTRUCTORA SUR Y COMPAÑÍA

RUT 76641888-0 CVE 2800084
Fecha instrumento
25 de julio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2025
Notario
ante RICARDO MAURICIO SALGADO SEPÚLVEDA
Oficio
Primera Notaría de Concepción
Comuna
Santiago

Objeto social

Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2026

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso N° 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica por escritura pública hoy ante mí: CONSTRUCTORA SUR SpA, Rol único tributario número 77.946.072-K, con domicilio en Parcela número 12, sector Valle Nonguén, comuna de Concepción, Región del Biobío; ASESORÍAS E INVERSIONES INMOBILIARIA SAN CARLOS SpA, Rol único tributario número 77.174.841-4, con domicilio en Parcela Santa Hilda, Hijuela Uno, de la comuna de Laja, Región del Biobío; SYJ ASESORÍAS Y CONSTRUCCIÓN SpA, Rol único tributario número 77.772.327-8, con domicilio en calle Alonso de Ercilla número 506, comuna de Chillán, Región de Ñuble; CONSTRUCTORA CREASION LIMITADA, Rol único tributario número 76.280.979-6, con domicilio en calle Victoria número 531, comuna de Lota, Región del Biobío, vienen a realizar cesión y modificación de la Sociedad “CONSORCIO CONSTRUCTORA SUR Y COMPAÑÍA”. ANTECEDENTES: La sociedad “CONSORCIO CONSTRUCTORA SUR Y COMPAÑÍA”, rol único tributario número 76.641.888-0, se constituyó por escritura pública de fecha 25 de julio de 2025, ante RICARDO MAURICIO SALGADO SEPÚLVEDA, Notario Público titular de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en calle Barros Arana número 989, comuna de Concepción, Región del Biobío; cuyo extracto fue inscrito a fojas 1.268 vuelta, número 780, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción, correspondiente al año 2025. CESIÓN DE DERECHOS. a) En virtud de cesión de derechos del 17 de abril de 2026 SyJ ASESORÍAS Y CONSTRUCCIÓN SpA, quien era dueño del 20% del total de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió el 6% de los derechos sociales a CONSTRUCTORA SUR SpA; b) En virtud de cesión de derechos del 17 de abril de 2026 SYJ ASESORÍAS Y CONSTRUCCIÓN SpA, quien se retiró de la sociedad, vendió, cedió y transfirió el catorce por ciento de los derechos sociales a ASESORÍAS E INVERSIONES INMOBILIARIA SAN CARLOS SpA; c) En virtud de cesión de derechos del 17 de abril de 2026 CONSTRUCTORA CREASION LIMITADA, quien era dueño del 10% del total de los derechos sociales, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a ASESORÍAS E INVERSIONES INMOBILIARIA SAN CARLOS SpA, retirándose de la sociedad. A consecuencia de lo anterior, y luego de efectuarse las cesiones de derechos, los actuales socios son: CONSTRUCTORA SUR SpA, con el 66% de participación en la totalidad de los derechos sociales, equivalente a $26.400.000 pesos en moneda nacional, y ASESORÍAS E INVERSIONES INMOBILIARIA SAN CARLOS SpA, con el 34% de participación en la totalidad de los derechos sociales, equivalente a $13.600.000 pesos en moneda nacional. MODIFICACIÓN: a) Los socios actuales acuerdan modificar el artículo Quinto del estatuto social, para que en adelante exprese lo siguiente: El capital social es la suma de cuarenta millones de pesos en moneda nacional, el cual se encuentra íntegramente pagado e ingresado a la caja social, y que corresponde a sus socios de la siguiente forma: i) CONSTRUCTORA SUR SpA, con un sesenta y seis por ciento del capital social, equivalente a veintiséis millones cuatrocientos mil pesos en moneda nacional; ii) ASESORÍAS E INVERSIONES INMOBILIARIA SAN CARLOS SpA con el treinta y cuatro por ciento del capital social, equivalente a trece millones seiscientos mil pesos en moneda nacional; b) Los socios actuales acuerdan modificar el artículo Tercero del estatuto social, para que en adelante exprese lo siguiente: El giro u objeto social es el desarrollo, diseño, ejecución y construcción de toda clase de obras en general, pudiendo celebrar todo tipo de contratos que resulten necesarios para el cumplimiento de su objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2026.